Visa E-1 para empleados de una empresa comerciante por tratado
Una empresa comerciante por tratado puede traer personal con visa E-1, pero solo si comparte su nacionalidad y ocupa un cargo ejecutivo, de supervisión o esencial.
Una empresa comerciante por tratado puede traer personal con visa E-1, pero solo si comparte su nacionalidad y ocupa un cargo ejecutivo, de supervisión o esencial.
La E-1 evalúa su comercio y la E-2 evalúa su inversión. Casi todas las demás reglas son comunes, así que la elección depende de qué historial es más sólido.
La mayoría de los solicitantes de la E-1 acuden a un consulado de EE. UU. con los Formularios DS-160 y DS-156E. Este es el orden de los pasos y lo que retrasa cada uno.
La visa E-1 no exige inversión. Exige un comercio sustancial, que ya esté en marcha y que se realice principalmente entre EE. UU. y su país del tratado.
El comercio E-1 no tiene un mínimo en dólares. Los funcionarios sopesan el volumen, la frecuencia y si la mayor parte de su comercio internacional va a un solo país del tratado.