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¿Quién califica para la visa E-1 de comerciante por tratado?
La visa E-1 no exige inversión. Exige un comercio sustancial, que ya esté en marcha y que se realice principalmente entre EE. UU. y su país del tratado.
Los requisitos de la visa E-1 se reducen a dos elementos: la nacionalidad y el comercio. No tiene que invertir un monto determinado, comprar un negocio ni crear empleos. Usted, o la empresa para la que trabaja, debe realizar un comercio sustancial que ya exista, y más de la mitad de ese comercio internacional debe darse entre Estados Unidos y su país del tratado. Si la nacionalidad y el comercio cumplen la prueba, puede vivir en Estados Unidos mientras continúe el comercio y conserve la intención de salir del país cuando termine su estatus. A continuación explicamos cada elemento y lo que examinan los funcionarios; nuestra página de la visa E-1 de comerciante por tratado (treaty trader) explica cómo armamos el expediente en torno a ellos.
¿Está su país en la lista de tratados de la E-1?
La E-1 solo está disponible para nacionales de países que tienen con Estados Unidos un tratado de comercio y navegación que califique, o un acuerdo equivalente. El Departamento de Estado publica la lista y la fecha en que entró en vigor cada tratado. No dé por sentado que un país de la lista E-2 también figura en la lista E-1. Algunos países califican para una visa y no para la otra, porque las dos se basan en disposiciones distintas de los tratados.
La nacionalidad se determina según la ley del propio país del tratado, lo que normalmente significa su pasaporte. Quienes tienen doble nacionalidad pueden solicitar la visa con cualquiera de las nacionalidades que califique, pero deben hacerlo con la misma nacionalidad que la empresa. La residencia permanente en un país del tratado no cuenta. Un titular de green card estadounidense no puede tener estatus E-1 en absoluto, porque la E-1 es una categoría de no inmigrante.
El comerciante: usted o su empresa
El comerciante por tratado puede ser una persona que realiza el comercio personalmente o una empresa. Hoy en día, la mayoría de los casos E-1 involucran empresas.
En el caso de una empresa, al menos el 50 por ciento de la propiedad debe estar en manos de nacionales del país del tratado. Esos propietarios deben vivir fuera de Estados Unidos o encontrarse en Estados Unidos con estatus E. Los ciudadanos estadounidenses y los titulares de green card que comparten la nacionalidad no cuentan para el 50 por ciento, lo que puede descalificar a empresas familiares en las que uno de los padres se naturalizó. Las empresas que cotizan en bolsa normalmente se miden según el lugar donde cotizan sus acciones.
Una vez que la empresa califica, puede traer a su propio personal a Estados Unidos con estatus E-1, siempre que comparta su nacionalidad y ocupe un cargo ejecutivo, de supervisión o esencial. Nuestro artículo sobre la visa E-1 para empleados cubre esa parte de las reglas.
Qué cuenta como comercio para un comerciante por tratado E-1
Comercio significa el intercambio internacional de bienes o servicios a cambio de un pago, con transmisión de la titularidad de una parte a la otra. Los bienes son el caso evidente: un distribuidor japonés de electrónica que importa a Estados Unidos, o una empresa textil turca que vende a minoristas estadounidenses. Pero los servicios y la tecnología también cuentan. Las pautas consulares mencionan, entre otros, la banca, los seguros, el transporte, el turismo, las comunicaciones, el procesamiento de datos, la publicidad, la contabilidad, el diseño y la ingeniería, la consultoría de gestión y la recopilación de noticias.
El comercio ya debe existir. Un contrato firmado para entregas futuras, o un plan para empezar a exportar el año próximo, no basta. Los funcionarios buscan transacciones concluidas: facturas, conocimientos de embarque, declaraciones de aduana, confirmaciones de transferencias y los contratos que las respaldan. Esta es la mayor diferencia práctica con la E-2, en la que puede calificar con una inversión en un negocio que todavía no ha abierto. Reunir ese historial es la mayor parte del trabajo en un caso E-1.
Comercio sustancial y comercio principal
Comercio sustancial significa un flujo continuo de comercio internacional de volumen considerable, con numerosas transacciones a lo largo del tiempo. No hay una cifra mínima en dólares. Los funcionarios sopesan tanto el volumen como el número de transacciones, y ven con mejores ojos muchos envíos regulares que una sola venta grande. En una empresa más pequeña, los ingresos del comercio deben bastar para mantener al comerciante y a su familia.
Comercio principal significa que más del 50 por ciento del comercio internacional del comerciante se realiza entre Estados Unidos y el país del tratado. Lo que se mide es el comercio internacional, no el total de la actividad. Una empresa puede tener muchísima actividad puramente nacional en Estados Unidos y aun así calificar, siempre que la mayor parte de lo que cruza fronteras cruce esta frontera en particular. Nuestra guía sobre qué cuenta como comercio sustancial para la E-1 explica cómo miden los funcionarios ambas pruebas.
Su cargo y su intención de salir del país
Un comerciante principal persona física viene a realizar el comercio personalmente. Un empleado debe ocupar un cargo ejecutivo o de supervisión, o tener habilidades esenciales para las operaciones de la empresa en EE. UU. Un empleado de línea con habilidades comunes no calificará, aunque la empresa sí califique.
El estatus E-1 dura dos años por cada admisión, y puede prorrogarlo por períodos de dos años o salir y volver con una visa vigente. No hay un límite de prórrogas. Sin embargo, debe tener la intención de salir del país cuando termine su estatus E-1. Es un estándar más leve que el de un visitante, y no le impide solicitar una green card más adelante, pero conviene planificarlo en lugar de ignorarlo.
Su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años pueden acompañarlo como dependientes, y no necesitan compartir su nacionalidad. El cónyuge E-1 está autorizado a trabajar en virtud de su estatus. Los hijos pueden estudiar, pero no pueden trabajar.
Si su empresa invierte en lugar de comerciar, la E-2 puede ajustarse mejor. Nuestra página de la visa E-2 de inversionista por tratado cubre esa vía, y nuestra comparación entre la E-1 y la E-2 le ayuda cuando una empresa podría calificar para cualquiera de las dos.
Si está tratando de determinar si el comercio de su empresa cumple la prueba de la E-1, una consulta con Capitol Law Partners puede revisar las cifras y la estructura de propiedad antes de que presente la solicitud. Programe una consulta.
Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.
Cagatay Ersoy. Estrategia práctica para fundadores, inversores y empresas en crecimiento.
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