Abogado de Detención Migratoria y Fianza para Arrestos de ICE y Audiencias de Fianza
Cuando el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) arresta a alguien, los primeros días deciden si esa persona enfrentará su caso desde su casa o en un centro de detención lejano. Capitol Law Partners representa a inmigrantes detenidos y a sus familias desde el momento del arresto: localizamos a la persona, argumentamos en las audiencias de fianza, apelamos las negativas de fianza ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y presentamos peticiones de hábeas corpus en la corte federal cuando la detención es ilegal.
Qué hace por usted un abogado de detención migratoria
- Localizamos a la persona detenida e identificamos el centro de detención, la oficina local y el oficial de deportación a cargo.
- Obtenemos los documentos de cargos y de custodia y solicitamos de inmediato una audiencia de fianza.
- Impugnamos la detención obligatoria mediante una audiencia Matter of Joseph cuando el cargo no corresponde.
- Armamos el expediente de fianza, argumentamos en la audiencia, apelamos una decisión desfavorable y presentamos un hábeas corpus cuando no hay audiencia disponible.
Cómo ocurren los arrestos de ICE
- En el hogar o en lugares públicos. Una orden administrativa, el Formulario I-200 o I-205, no autoriza a entrar en una vivienda sin consentimiento; una orden judicial sí.
- En las citas de control. Cada vez más personas que se reportan bajo una orden de supervisión o el programa de Alternativas a la Detención son detenidas en la cita.
- En los tribunales. En 2025, ICE ha arrestado a personas en la corte de inmigración, a menudo justo después de que el DHS pide desestimar el caso para aplicar la deportación expedita.
- Después de un arresto local. Conforme al 8 CFR 287.7, ICE emite una orden de retención (detainer), el Formulario I-247A, que pide a la cárcel retener a la persona hasta 48 horas después de su liberación.
- En la frontera o en un aeropuerto. Quienes llegan sin documentos válidos pueden ser detenidos por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y transferidos a ICE.
Las primeras 48 horas
Según el 8 CFR 287.3, ICE debe decidir dentro de las 48 horas siguientes a un arresto sin orden judicial si emite una Notificación de Comparecencia (NTA) y si mantiene la custodia. El Localizador de Detenidos en Línea de ICE muestra el centro de detención si usted tiene el número A, impreso en cualquier documento migratorio, o el nombre exacto, la fecha de nacimiento y el país de nacimiento de la persona. La Notificación de Comparecencia, Formulario I-862, enumera los cargos, y la determinación de custodia en el Formulario I-286 indica si ICE la detendrá sin fianza, la liberará con fianza o la liberará bajo palabra, y contiene la casilla para pedir que un juez de inmigración revise la decisión. Nos aseguramos de que esa casilla quede marcada y de que no se firme nada más.
Audiencias de fianza ante el juez de inmigración
Conforme a la INA 236(a), la mayoría de las personas arrestadas dentro de Estados Unidos pueden pedir a un juez de inmigración que revise la custodia en una audiencia aparte, que a menudo se celebra a los pocos días de la solicitud. Según Matter of Guerra, 24 I&N Dec. 37 (BIA 2006), la persona debe demostrar que no es un peligro para las personas ni para la propiedad y que no hay riesgo de fuga. El juez considera un domicilio fijo y el tiempo de residencia, los lazos familiares, el empleo, el historial de comparecencias, los antecedentes penales y la rehabilitación, las infracciones migratorias y la forma de entrada, y la elegibilidad para algún alivio.
Una segunda audiencia exige un cambio sustancial de circunstancias, por lo que la primera debe prepararse con cuidado. Cualquiera de las partes puede apelar ante la Junta dentro de 30 días, y una apelación ante la Junta tarda meses, así que normalmente tramitamos una apelación de fianza junto con una petición de hábeas corpus.
Detención obligatoria y la audiencia Joseph
La INA 236(c) exige la detención sin fianza de las personas deportables por ciertas causales penales y de seguridad, como delitos de sustancias controladas, delitos graves agravados (aggravated felonies), delitos con armas de fuego y ciertos delitos de vileza moral. La Ley Laken Riley, firmada en enero de 2025, extendió la detención obligatoria a quienes entraron sin inspección o mediante fraude y han sido arrestados, acusados o condenados por hurto, robo con allanamiento, robo, hurto en tiendas, agresión a un agente del orden, o un delito que cause la muerte o lesiones corporales graves. Una persona detenida conforme a la 236(c) puede pedir una audiencia Matter of Joseph para demostrar que es sustancialmente improbable que el DHS gane en el cargo que activa la detención, y primero analizamos cada condena con el enfoque categórico.
La disputa de 2025 sobre la fianza para quienes entraron sin inspección
En 2025, el gobierno adoptó la postura de que toda persona que entró sin inspección es un solicitante de admisión detenido conforme a la INA 235(b) y no a la 236(a), y que no puede recibir fianza de un juez de inmigración, sin importar cuánto tiempo haya vivido aquí. La Junta de Apelaciones de Inmigración adoptó esa postura en una decisión precedente de 2025. Las cortes federales de distrito están divididas: muchas han ordenado audiencias de fianza y algunas han dado la razón al gobierno. Confirmamos las reglas vigentes en cada consulta, solicitamos la audiencia de fianza para preservar el expediente y presentamos una petición de hábeas corpus cuando el juez se niega a escuchar la solicitud de fianza.
El pago de la fianza
La persona que deposita la fianza (el obligado) debe ser ciudadana estadounidense o residente permanente legal con una identificación válida. Las fianzas se pagan en línea mediante el sistema CeBONDS de ICE o en persona en una oficina de ICE que acepte fianzas, y confirmamos los métodos de pago aceptados antes de que el obligado se desplace. El obligado se compromete a que la persona asista a todas las audiencias y cumpla cualquier orden final, y recibe el reembolso al terminar el caso si se cumplieron esas condiciones.
Herramientas de control migratorio de ICE
- Órdenes de supervisión para personas con órdenes finales que no pueden ser deportadas.
- Alternativas a la Detención, como grilletes electrónicos, reportes por teléfono inteligente y presentaciones en persona.
- Suspensiones de la deportación solicitadas a ICE con el Formulario I-246, distintas de las que conceden el juez de inmigración, la Junta o una corte.
- Deportación expedita conforme a la INA 235(b)(1), ampliada en enero de 2025 a todo su alcance legal, que abarca a personas no admitidas ni bajo parole que no pueden demostrar dos años de presencia, sujeta a una entrevista de temor creíble.
- Restablecimiento de una orden de deportación conforme a la INA 241(a)(5) para quienes reingresaron después de una orden anterior, lo que deja solo la retención de la deportación (withholding of removal) y la protección bajo la Convención contra la Tortura mediante una entrevista de temor razonable.
Conozca sus derechos
- Puede guardar silencio y pedir un abogado. En la corte de inmigración no se asigna un abogado de oficio, pero puede contratar uno y llamarlo desde la detención.
- No firme nada sin un abogado; los formularios que ofrecen durante el arresto pueden ser acuerdos de deportación estipulada o de salida voluntaria que le hacen renunciar a su audiencia.
- La mayoría de las personas tienen derecho a una audiencia ante un juez de inmigración; la deportación expedita, el restablecimiento de una orden y la deportación administrativa son las excepciones.
La detención y su caso pendiente
Los casos de asilo de personas detenidas pasan a un calendario acelerado, con audiencias en semanas y no en años. Un Formulario I-130 pendiente o aprobado presentado por un familiar ciudadano o residente permanente es una prueba de fianza sólida porque muestra un camino a la green card. Los jóvenes con peticiones de Estatus Especial de Inmigrante Juvenil pendientes enfrentan un nuevo riesgo después de que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) cambió en 2025 su política de acción diferida para SIJS, aunque un I-360 aprobado sigue siendo un factor favorable importante en la fianza y en el proceso de deportación. Cuando la demora de USCIS es lo único que separa a un cliente detenido de su alivio, nuestra práctica de mandamus puede forzar una decisión.
Problemas comunes
- El traslado a un centro lejano antes de contratar a un abogado, lo que cambia la corte y la jurisprudencia aplicable.
- Expedientes de fianza sin las resoluciones penales certificadas, lo que deja al juez suponer lo peor.
- Citas de control perdidas o cambios de domicilio no reportados que llevan a un nuevo arresto.
Por qué Capitol Law Partners
Cagatay Ersoy, fundador y socio director de Capitol Law Partners, es egresado de Columbia Law School y su práctica abarca la inmigración, la defensa contra la deportación y el litigio federal, de modo que la audiencia de fianza, la petición de hábeas corpus y el caso principal de un cliente detenido los lleva un solo equipo. Trabajamos en inglés, turco, español, portugués y francés. Desde nuestras oficinas en Washington, DC, Herndon, Virginia y Nueva York, representamos a personas retenidas en centros de procesamiento de ICE, centros bajo contrato y cárceles de condado en Virginia, Maryland y Nueva York. Ofrecemos consultas sobre detención por teléfono y videollamada para los familiares.
Hable con un abogado de detención migratoria
Si ICE arrestó a un familiar, llámenos con el nombre, la fecha de nacimiento y el número A de la persona; la localizaremos y le explicaremos qué se puede hacer en las próximas 48 horas. Programe una consulta o llame al +1 (202) 440-2272.