Abogado de ciudadanía, estatus y viajes: naturalización, extensiones, permisos y visas de estudiante
Mantener su estatus, proteger su green card (tarjeta de residencia permanente) cuando viaja y, finalmente, hacerse ciudadano son etapas de un mismo camino, y un error en cualquiera de ellas puede deshacer lo logrado en las anteriores. Esta página resume los servicios de ciudadanía, estatus y viajes que ofrece Capitol Law Partners, desde las visas de estudiante y de visitante de intercambio hasta las extensiones, los documentos de viaje y la naturalización. Cada servicio tiene su propia página dentro de nuestra práctica de derecho de inmigración.
Nuestros servicios en esta área
- Ciudadanía y naturalización: Formulario N-400 bajo las reglas de cinco y de tres años, cálculo de residencia y presencia física, preparación para la entrevista, certificados N-600 para hijos, naturalización militar, audiencias N-336 y demandas federales cuando el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) no decide.
- Cambio y extensión de estatus: solicitudes con los Formularios I-539 e I-129 para extender su estadía o pasar de una categoría a otra sin salir de Estados Unidos, incluidos los plazos del I-94, la regla de los 240 días, el período de gracia de 60 días tras terminar un empleo, las solicitudes "puente" y los cambios de B-2 a F-1.
- Viajes y permisos de reingreso: solicitudes con el Formulario I-131 de permiso de viaje anticipado (advance parole), permiso de reingreso y documento de viaje de refugiado; Formulario N-470 para preservar la residencia; visas SB-1 de residente que regresa; y asesoría sobre ausencias prolongadas y viajes con un N-400 o un proceso de deportación pendiente.
- Visa F-1: la visa de estudiante académico para estudiar a tiempo completo en una institución certificada por el SEVP, incluido el I-20 y la entrevista consular, el mantenimiento del estatus, la práctica profesional CPT y OPT, el período de gracia tras graduarse y el paso a la H-1B o a una green card.
- Visa J-1: la visa de visitante de intercambio para investigadores, profesores, médicos, aprendices, pasantes y au pairs patrocinados por un programa designado con el Formulario DS-2019, con especial atención al requisito de residencia de dos años en el país de origen y sus exenciones.
- Visa M-1: la visa de estudiante vocacional y técnico para programas como escuelas de aviación y oficios, con admisión ligada a la duración del programa, práctica limitada al terminar y reglas estrictas sobre transferencias y cambios de estatus, incluida la prohibición de pasar a F-1.
Guía de las etapas
Mantener el estatus mientras está en Estados Unidos
Su estadía autorizada la fija la fecha "admitido hasta" del Formulario I-94, no su visa. Presente cualquier extensión o cambio de estatus antes de esa fecha; una solicitud presentada a tiempo lo mantiene en un período de estadía autorizada mientras USCIS decide. Los trabajadores con estatus H-1B, L-1, O-1, E y TN pueden seguir trabajando para el mismo empleador hasta 240 días después del vencimiento del I-94 mientras haya una extensión oportuna pendiente, y pueden permanecer hasta 60 días después de terminar un empleo. Los estudiantes F-1 tienen un período de gracia de 60 días tras su programa u OPT; los estudiantes J-1 y M-1 tienen 30 días.
Proteger la green card mientras está en el extranjero
La green card deja de ser un documento de entrada válido después de una ausencia de un año o más, y una ausencia de más de 180 días permite que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) cuestione si usted abandonó su residencia. Para un viaje de un año o más, obtenga un permiso de reingreso antes de salir; debe presentarlo y completar los datos biométricos en Estados Unidos. El permiso protege contra el abandono, pero no la residencia continua para la naturalización; los residentes enviados al extranjero por el gobierno de EE. UU. o por empleadores estadounidenses que califiquen pueden presentar el Formulario N-470 antes de partir para preservarla.
Hacerse ciudadano
La mayoría de los residentes permanentes pueden presentar el Formulario N-400 después de cinco años, o de tres años si han estado casados y viviendo con un ciudadano estadounidense durante todo ese tiempo, y hasta 90 días antes de ese aniversario. Debe demostrar residencia continua, presencia física durante al menos la mitad del período, buen carácter moral y conocimientos de inglés y educación cívica, con excepciones por edad y discapacidad. Los hijos a menudo no necesitan solicitarla: según la Ley de Ciudadanía Infantil (Child Citizenship Act), un menor con green card que vive en Estados Unidos bajo la custodia legal y física de un padre ciudadano antes de cumplir 18 años se convierte en ciudadano automáticamente, lo cual se documenta con el Formulario N-600 o un pasaporte.
Estudiantes y visitantes de intercambio
Los estudiantes M-1 siguen un programa vocacional fijo y no pueden cambiar a F-1, mientras que los estudiantes F-1 pueden transferirse o iniciar un nuevo programa. Los visitantes de intercambio J-1 cuyo programa fue financiado por un gobierno, cuyo campo figura en la lista de habilidades de su país o que vinieron para formación médica de posgrado deben regresar a su país durante dos años antes de poder cambiar de estatus en Estados Unidos u obtener una visa H, L o de inmigrante, salvo que obtengan una exención, como una declaración de no objeción o la solicitud de una agencia gubernamental interesada.
Errores comunes
- Quedarse después de una negación. Si una extensión o un cambio se niega después de vencido el I-94, la presencia ilegal comienza en la fecha de la negación; más de 180 días activan un castigo de tres años al salir, y un año, uno de diez años.
- Viajar sin advance parole. Salir con un I-485 pendiente y sin advance parole equivale a abandonar la solicitud, salvo que usted tenga un estatus H o L válido.
- Ausencias largas antes de la naturalización. Se presume que un viaje de más de seis meses interrumpe la residencia continua; uno de un año o más la interrumpe y reinicia el conteo.
- Estudiar con una visa B-2. Un visitante no puede inscribirse en un programa de estudios hasta que se apruebe el cambio a F-1.
Resumen del proceso y qué traer
- Consulta. Revisamos su estatus, su historial de I-94, sus viajes y su objetivo.
- Elegibilidad y plazos. Calculamos fechas límite, residencia y presencia física, y verificamos si existe algún impedimento J-1 u otro.
- Preparación. Preparamos el Formulario N-400, I-539, I-131 o la solicitud consular, junto con las pruebas.
- Presentación y entrevista. Presentamos la solicitud, damos seguimiento a las citas de biometría y entrevista, y lo preparamos.
- Decisión y seguimiento. Atendemos solicitudes de evidencia, apelaciones y decisiones demoradas.
Traiga su pasaporte, visas y registros I-94, avisos de aprobación anteriores, Formulario I-20 o DS-2019, su green card, una lista fechada de sus viajes al extranjero, declaraciones de impuestos, cualquier antecedente policial y, para reclamos de ciudadanía, actas de nacimiento y certificados de naturalización.
Por qué Capitol Law Partners
Cagatay Ersoy, fundador y socio director de Capitol Law Partners, es egresado de Columbia Law School y su práctica abarca la inmigración familiar y laboral además del derecho empresarial. Nuestros abogados y personal trabajan en inglés, turco, español, portugués y francés. Atendemos a clientes desde nuestras oficinas en Washington, DC, Herndon, Virginia y Nueva York, y nuestra oficina de Estambul asiste a clientes que solicitan visas en un consulado en el extranjero.
Más información
Hable con nosotros antes de que venza el plazo
Indíquenos su estatus, la fecha de su I-94 o de su green card y sus planes de viaje o estudio, y le diremos qué trámite debe presentarse primero. Agende una consulta o llame al +1 (202) 440-2272.