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Abogado de Green Card para Padres

Peticiones I-130 para padres, ajuste de estatus, proceso consular a través del Centro Nacional de Visas, declaraciones de patrocinio I-864 y perdones I-601A.

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Abogado de Green Card para Padres: Peticiones I-130 para Padres

Un ciudadano estadounidense de al menos 21 años puede patrocinar a cada uno de sus padres para la green card como familiar inmediato, sin límite anual y sin esperar en el Boletín de Visas. Capitol Law Partners prepara el I-130 para cada padre, el paquete de ajuste de estatus o consular, la declaración de patrocinio económico y cualquier perdón, y le representa en la entrevista y ante cualquier Solicitud de Evidencia (RFE). Nuestra página de inmigración basada en la familia explica el sistema en su conjunto.

Quién puede presentar una petición para sus padres

El hijo o la hija ciudadano estadounidense

Solo un ciudadano estadounidense de al menos 21 años puede pedir a sus padres. Los residentes permanentes no pueden patrocinar a sus padres, así que el titular de una green card primero debe naturalizarse; si usted está cerca de ser elegible, coordinamos el N-400 para presentar el I-130 en cuanto preste el juramento.

Cómo probar el parentesco

Para la madre, normalmente basta con su acta de nacimiento en la que ella aparece. Para el padre, añada el acta de matrimonio de sus padres. Si no estaban casados, demostramos que usted fue legitimado antes de cumplir 18 años o que existía una relación de buena fe entre padre e hijo antes de que cumpliera 21, con pruebas de manutención y contacto.

Padrastros, madrastras y padres adoptivos

Un padrastro o una madrastra califica si el matrimonio que creó esa relación se celebró antes de que usted cumpliera 18 años. Un padre adoptivo califica si la adopción se finalizó antes de que usted cumpliera 16 años y el padre tuvo dos años de custodia legal y dos años de residencia con usted.

Una petición por cada padre y sin derivados

Cada padre es un beneficiario distinto con su propio Formulario I-130. Las peticiones de familiares inmediatos no admiten derivados, así que no se puede añadir a un padre al caso del otro ni incluir a los demás hijos de sus padres. Sus hermanos y sus propios hijos tienen sus propias categorías; consulte green cards para hijos y green cards para hermanos.

Padres fuera de Estados Unidos: proceso consular

Después de que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) aprueba el I-130, el Centro Nacional de Visas (NVC) cobra las tarifas y recibe el DS-260, los documentos civiles y los certificados de antecedentes penales de su padre o madre y su Formulario I-864, y luego programa la entrevista en la embajada o el consulado de EE. UU. en el país de su padre o madre. Poco antes de la entrevista, su padre o madre hace un examen médico con un médico del panel y, si se emite la visa, paga la tarifa de inmigrante de USCIS y entra a Estados Unidos como residente permanente. Nuestra oficina de Estambul prepara a los padres que presentan su solicitud desde Türkiye.

Padres que ya están en Estados Unidos: ajuste de estatus

Después de una entrada legal

Un padre o madre que fue inspeccionado y admitido normalmente puede presentar el Formulario I-485 junto con el I-130 y permanecer en Estados Unidos mientras el caso está pendiente. Como los padres de ciudadanos adultos son familiares inmediatos, un estatus vencido, haberse quedado mucho tiempo más de lo permitido o haber trabajado sin autorización no impide el ajuste. Al mismo tiempo presentamos el Formulario I-765 para el permiso de trabajo y el Formulario I-131 para el permiso de viaje (advance parole); un padre que viaja sin permiso de viaje abandona el I-485.

Entrada sin inspección

Un padre o madre que cruzó la frontera sin inspección por lo general no puede ajustar su estatus, salvo que una petición o certificación laboral presentada el 30 de abril de 2001 o antes lo proteja conforme a la sección 245(i). De lo contrario, el caso termina en un consulado en el extranjero, y salir después de más de 180 días de presencia ilegal activa un castigo que impide regresar. El perdón provisional I-601A puede perdonar esa presencia ilegal antes de la salida, pero exige demostrar dificultades extremas para un cónyuge o un padre del solicitante que sea ciudadano estadounidense o residente permanente. Un hijo o una hija ciudadano no cuenta para esto, por lo que muchos padres no tienen un perdón disponible.

Precaución con la visa de turista

Un padre que entra con visa de turista con un plan previo de quedarse y ajustar su estatus se arriesga a que se determine que hubo tergiversación, lo cual es difícil de perdonar, y puede que se le niegue la entrada mientras haya una petición pendiente. El ajuste es apropiado cuando la decisión de quedarse surgió después de una llegada legal. Si su padre o madre está en el extranjero y piensa inmigrar, el proceso consular suele ser el camino más seguro.

La declaración de patrocinio económico y la carga pública

Usted firma el Formulario I-864 y debe demostrar ingresos familiares iguales o superiores al 125 por ciento de las Pautas Federales de Pobreza para un hogar que le incluya a usted, a sus dependientes, a cualquier otra persona que haya patrocinado y a cada padre que patrocine ahora. Si los ingresos no alcanzan, ciertos bienes, los ingresos de un miembro del hogar con el Formulario I-864A o un copatrocinador con su propio I-864 pueden cubrir la diferencia; la declaración es un contrato exigible. El oficial también evalúa la causal de carga pública, considerando la edad, la salud, la situación familiar, los recursos, la educación y las habilidades de su padre o madre.

Examen médico y entrevista

Un padre que ajusta su estatus en Estados Unidos completa el Formulario I-693 con un médico civil designado por USCIS, incluidas las vacunas requeridas, y lo presentamos con el I-485. USCIS puede entrevistarle a usted y a su padre o madre, o decidir el caso con base en el expediente; los casos consulares siempre incluyen una entrevista.

Proceso y plazos

  1. Revisión de elegibilidad. Su ciudadanía y su edad, el parentesco, el historial de entradas de cada padre y cualquier causal de inadmisibilidad.
  2. Presentación del I-130. Una petición por cada padre. Un padre que está aquí después de una admisión legal presenta al mismo tiempo el I-485, el I-765, el I-131 y el I-693.
  3. Procesamiento en USCIS o etapa del NVC. Datos biométricos y, si hace falta, una entrevista en los casos de ajuste; el DS-260, los documentos civiles y el I-864 en los casos consulares.
  4. Entrevista y decisión. Le acompañamos a las entrevistas de USCIS, preparamos a su padre o madre para la entrevista consular y respondemos cualquier Solicitud de Evidencia.
  5. Residencia permanente. No hay que esperar una fecha de prioridad; el plazo depende de los tiempos de procesamiento vigentes de USCIS, del NVC y del consulado.

Documentos que necesitaremos

  • Prueba de su ciudadanía estadounidense y, en el caso de un padrastro, una madrastra o un padre adoptivo, el acta de matrimonio o la sentencia de adopción y los registros de custodia.
  • Su acta de nacimiento y el acta de nacimiento, el pasaporte y las fotografías de su padre o madre, con traducciones certificadas al inglés.
  • Todos los pasaportes, visas, Formularios I-94 y solicitudes anteriores de un padre que esté en Estados Unidos, y las declaraciones de impuestos, los formularios W-2 y la prueba de ingresos actuales de usted y de cualquier copatrocinador.

Problemas comunes que le ayudamos a evitar

  • Un padre que no figura en el acta de nacimiento, sin un plan para probar el parentesco.
  • Una entrada sin inspección, una orden de deportación anterior o una tergiversación descubiertas después de presentar el I-485.
  • Un caso que supera los tiempos normales de procesamiento. Si USCIS o el consulado dejan de avanzar, una demanda de mandamus migratorio puede obligar a que se tome una decisión.

Por qué Capitol Law Partners

Cagatay Ersoy, fundador y socio director de Capitol Law Partners, es egresado de Columbia Law School y lleva peticiones para padres junto con green cards por matrimonio, visas de prometido K-1 e inmigración por empleo. Nuestros abogados y personal trabajan en inglés, turco, español, portugués y francés. Representamos a familias desde nuestras oficinas en Washington, DC, Herndon, Virginia y Nueva York.

Más información sobre la green card para padres

Inicie el caso de green card de su padre o madre

Cuéntenos dónde está su padre o madre y cómo entró a Estados Unidos, y le trazaremos la vía y un plazo realista. Programe una consulta o llame al +1 (202) 440-2272.

Preguntas frecuentes

¿Puede un residente permanente patrocinar a sus padres para la green card?
No. Solo un ciudadano estadounidense de al menos 21 años puede presentar una petición para sus padres, y los residentes permanentes no pueden patrocinarlos en absoluto. El titular de una green card primero debe naturalizarse. Si está cerca de ser elegible para la naturalización, podemos preparar la petición con anticipación y presentar el I-130 en cuanto preste el juramento de ciudadanía.
¿Necesito un I-130 por separado para cada padre?
Sí. Cada padre es un beneficiario distinto y necesita su propio Formulario I-130 con sus propios documentos, su tarifa de presentación y, más adelante, su propio I-485 o DS-260. Las peticiones de familiares inmediatos no admiten derivados, así que no se puede añadir a un padre al caso del otro ni incluir a los demás hijos de sus padres; sus hermanos necesitan su propia petición en la categoría F4.
¿Puedo patrocinar a mis padres si se quedaron más tiempo del permitido por su visa de turista?
Por lo general, sí. Los padres de ciudadanos estadounidenses adultos son familiares inmediatos, y quedarse más tiempo del permitido después de una admisión legal no impide el ajuste de estatus. Presentamos juntos el I-130 y el I-485, y su padre o madre permanece en Estados Unidos mientras el caso está pendiente, con la posibilidad de obtener permiso de trabajo. El análisis cambia si el padre entró sin inspección, tiene una orden de deportación anterior o tergiversó algo al entrar, por eso revisamos primero todo su historial.
Mi padre o madre entró a Estados Unidos sin inspección. ¿Todavía puede obtener la green card?
Por lo general no mediante el ajuste de estatus, salvo que una petición o certificación laboral antigua presentada el 30 de abril de 2001 o antes lo proteja conforme a la sección 245(i). De lo contrario, el caso se completa en un consulado en el extranjero, y salir después de una larga presencia ilegal activa un castigo que impide regresar. El perdón provisional I-601A puede resolver ese castigo, pero exige dificultades extremas para un cónyuge o un padre de su padre o madre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente; usted, como hijo, no cuenta.
¿Debería mi padre o madre venir con visa de turista y hacer el trámite aquí?
En general no lo recomendamos. Entrar con visa de turista con un plan fijo de quedarse y ajustar el estatus puede considerarse tergiversación, lo cual es difícil de perdonar, y es posible que se le niegue la entrada mientras haya una petición pendiente. El ajuste tiene sentido cuando su padre o madre ya está en Estados Unidos después de una admisión legal y el plan de quedarse surgió después de llegar. Si está en el extranjero, el proceso consular suele ser el camino más seguro.
¿Cuántos ingresos necesito para patrocinar a mis padres?
Usted firma el Formulario I-864 y debe demostrar ingresos familiares iguales o superiores al 125 por ciento de las Pautas Federales de Pobreza para un hogar que le incluya a usted, a sus dependientes, a cualquier persona que haya patrocinado antes y a cada padre que patrocine ahora. Si sus ingresos no alcanzan, ciertos bienes, los ingresos de un miembro del hogar con el Formulario I-864A o un copatrocinador que presente su propio I-864 pueden cubrir la diferencia. La declaración es un contrato exigible, por eso explicamos las obligaciones antes de que nadie firme.
¿Puedo patrocinar a un padrastro, una madrastra o un padre adoptivo?
Sí, con condiciones. Un padrastro o una madrastra califica si el matrimonio con su padre o madre biológico se celebró antes de que usted cumpliera 18 años, y la relación puede subsistir tras la muerte de ese padre o el divorcio si continúa en los hechos. Un padre adoptivo califica si la adopción se finalizó antes de que usted cumpliera 16 años y el padre tuvo dos años de custodia legal y dos años de residencia con usted. Documentamos las fechas con cuidado porque deciden el caso.
¿Cuánto tarda una green card para un padre?
Los padres de ciudadanos estadounidenses son familiares inmediatos, así que no hay límite anual ni espera de una fecha de prioridad en el Boletín de Visas. El caso avanza tan rápido como lo procesen USCIS, el Centro Nacional de Visas y el consulado, y los tiempos cambian de un año a otro. Una presentación completa, con el examen médico y la declaración de patrocinio incluidos, evita las demoras más comunes. Al iniciar le damos un cálculo realista basado en los tiempos publicados.