Abogado de Visa U, Visa T y VAWA: Abogados de Protección Humanitaria
El Congreso creó la visa U, la visa T y la autopetición VAWA para que los sobrevivientes de delitos, trata de personas y violencia doméstica puedan obtener un estatus legal sin depender de quien les hizo daño ni de un empleador. Capitol Law Partners representa a sobrevivientes en cada uno de estos programas, desde una primera consulta confidencial hasta el permiso de trabajo y la green card, incluidos clientes que ya están en proceso de deportación.
Qué hace por usted un abogado de inmigración humanitaria
- Identificamos todas las formas de alivio para las que podría calificar y elegimos la combinación más sólida.
- Obtenemos la certificación o declaración de las autoridades que su caso necesita, incluso de agencias que no conocen bien los formularios.
- Redactamos su declaración personal de modo que demuestre cada elemento legal sin obligarle a revivir más de lo necesario.
- Preparamos los perdones de inadmisibilidad, las solicitudes de permiso de trabajo y la solicitud de ajuste de estatus que viene después.
La visa U para víctimas de delitos
La visa U es para víctimas de un delito calificado cometido en Estados Unidos que sufrieron un abuso físico o mental sustancial como consecuencia, tienen información sobre el delito y han colaborado, colaboran o probablemente colaborarán con las autoridades. Entre los delitos calificados están la violencia doméstica, la agresión sexual, la agresión grave, el secuestro, la extorsión y la trata de personas, entre otros.
La petición se presenta con el Formulario I-918 y el Suplemento B, una certificación firmada dentro de los seis meses anteriores a la presentación por un departamento de policía, una fiscalía, un juez u otra agencia con facultades de investigación o acusación, como una agencia laboral o los servicios de protección infantil. Los certificadores no están obligados a firmar, por eso preparamos la solicitud con mucho cuidado.
El Congreso limita las visas U principales a 10,000 por año fiscal, y se presentan muchas más peticiones de las que permite ese tope. Las peticiones aprobables pasan a una lista de espera, y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) aplica un proceso de determinación de buena fe (bona fide): cuando la petición, el Suplemento B, la declaración personal y los datos biométricos están completos, USCIS puede otorgar acción diferida y permiso de trabajo mientras el caso espera. El cónyuge, los hijos y, si el peticionario tiene menos de 21 años, los padres y los hermanos solteros menores de 18 pueden incluirse en el Suplemento A. La mayoría de las causales de inadmisibilidad, incluidas la entrada ilegal y la presencia ilegal, pueden perdonarse con el Formulario I-192 por interés público o nacional. Después de tres años de presencia física continua con estatus U, puede solicitar la green card conforme a la INA 245(m), siempre que no se haya negado sin motivo razonable a colaborar con las autoridades.
La visa T para sobrevivientes de trata
El estatus T es para víctimas de una forma grave de trata de personas, es decir, trata con fines sexuales o trata laboral mediante fuerza, fraude o coacción, que están físicamente presentes en Estados Unidos a causa de la trata y que sufrirían dificultades extremas con daños inusuales y graves si fueran deportadas. La solicitud se presenta con el Formulario I-914. Debe haber cumplido con cualquier solicitud razonable de las autoridades para colaborar en una investigación o acusación, pero una excepción por trauma cubre a quienes no pueden colaborar por un trauma físico o psicológico, y los solicitantes menores de 18 años están exentos. Una declaración de las autoridades en el Suplemento B ayuda, pero no es obligatoria. Los familiares presentan su solicitud con el Suplemento A. Después de tres años con estatus T, o antes si la investigación o la acusación ya concluyó, puede ajustar su estatus a residente permanente.
Autopeticiones VAWA con el Formulario I-360
La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) permite que ciertos familiares maltratados por ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales presenten una petición por sí mismos, sin que el agresor lo sepa ni participe, y protege por igual a hombres y mujeres. Puede autopeticionar como cónyuge o excónyuge de un ciudadano o residente agresor (el divorcio debe estar relacionado con el abuso y la petición debe presentarse dentro de los dos años siguientes), como hijo soltero de un ciudadano o residente agresor, o como padre o madre de un hijo o hija ciudadano estadounidense agresor de 21 años o más. Debe demostrar agresión física o crueldad extrema, que incluye el abuso psicológico y económico además de la violencia física; que vivió con el agresor en algún momento; un matrimonio de buena fe en los casos de cónyuges; y buen carácter moral.
Según el 8 U.S.C. 1367, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) no puede tomar una decisión desfavorable basándose solo en información proporcionada por el agresor ni revelar información sobre su caso, salvo excepciones muy limitadas. Una determinación prima facie de USCIS abre el acceso a ciertos beneficios públicos mientras la petición está pendiente. Una vez aprobado el I-360, los cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses pueden presentar el Formulario I-485 de inmediato o al mismo tiempo, mientras que los familiares de residentes permanentes reciben acción diferida y permiso de trabajo hasta que haya un número de visa disponible. Los autopeticionarios VAWA están exentos del requisito de admisión legal para el ajuste, por lo que las personas que entraron sin inspección pueden obtener la green card dentro de Estados Unidos.
Cancelación de deportación bajo VAWA
En la corte de inmigración, la cancelación de deportación bajo VAWA conforme a la INA 240A(b)(2) es una defensa aparte. Exige agresión física o crueldad extrema por parte de un cónyuge o padre ciudadano o residente, tres años de presencia física continua, buen carácter moral, no tener condenas que la impidan y dificultades extremas para usted, su hijo o su padre o madre. A diferencia de la cancelación ordinaria, la entrega de la Notificación de Comparecencia (NTA) no detiene el conteo de los tres años. El juez de inmigración decide la solicitud, que a menudo tramitamos junto con un I-360 ante USCIS.
Estatus de Protección Temporal y parole humanitario
El Estatus de Protección Temporal (TPS) protege de la deportación a los nacionales de países designados y otorga permiso de trabajo mientras dure la designación. El parole humanitario conforme a la INA 212(d)(5) permite la entrada temporal por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo. Las designaciones de países y los programas de parole cambiaron de forma considerable durante 2025, con varias terminaciones litigadas en cortes federales, así que confirmamos la disponibilidad vigente para su nacionalidad antes de que dependa de cualquiera de ellos.
Cómo se relacionan estos casos con el proceso de deportación
Es USCIS, y no el juez de inmigración, quien decide las peticiones I-918, I-914 e I-360, por lo que una persona en proceso de deportación presenta su caso ante USCIS y pide a la corte un aplazamiento o el cierre administrativo. La decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) en Matter of Sanchez Sosa establece el marco para los aplazamientos basados en una petición U pendiente, y el reglamento considera cancelada de pleno derecho una orden final de deportación cuando se otorga el estatus U o T. Para los clientes detenidos, buscamos la liberación mediante nuestra práctica de detención y fianza. Las prioridades de control migratorio cambiaron en 2025, y una solicitud pendiente no impide con seguridad la detención.
Evidencia y documentos
- Informes policiales, órdenes de protección, expedientes judiciales y el Suplemento B firmado o la declaración de las autoridades.
- Su declaración personal detallada, preparada con nosotros en su idioma, y expedientes médicos o psicológicos que documenten el daño que sufrió.
- Prueba del estatus del agresor y de la relación, y declaraciones de refugios, consejeros, amigos y familiares que presenciaron el abuso.
- Prueba de buen carácter moral y traducciones certificadas de cada documento en otro idioma.
Problemas comunes que resolvemos
- Agencias que se niegan a certificar o demoran la certificación; les explicamos la ley y buscamos otro certificador.
- Antecedentes penales u órdenes de deportación anteriores que requieren un perdón o una moción antes de que el caso pueda avanzar.
- Años de espera sin permiso de trabajo, que atendemos con solicitudes de determinación de buena fe y, cuando la demora se vuelve irrazonable, con una acción federal de mandamus.
Por qué Capitol Law Partners
Cagatay Ersoy, fundador y socio director de Capitol Law Partners, es egresado de Columbia Law School y su práctica abarca la inmigración familiar y humanitaria junto con el derecho empresarial. Nuestros abogados y personal trabajan en inglés, turco, español, portugués y francés. Representamos a clientes desde Washington, DC, Herndon, Virginia y Nueva York, y evaluamos opciones relacionadas como el asilo, el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil, las peticiones familiares y la green card a través del asilo.
Más información
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