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Abogado de Green Card para Hijos

Peticiones I-130 para hijos, hijastros e hijos adoptivos, planificación para no superar el límite de edad bajo la CSPA, hijos derivados, ajuste de estatus y proceso consular.

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Abogado de Green Card para Hijos: Visas IR-2, F2A y Casos bajo la CSPA

Un ciudadano estadounidense o un residente permanente puede patrocinar a un hijo para la green card; la edad, el estado civil y la relación del hijo con el patrocinador determinan la categoría, la espera y si se aplica la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA). Capitol Law Partners prepara peticiones I-130 para hijos biológicos, hijastros e hijos adoptivos, y planifica cada presentación para que ningún hijo supere el límite de edad. Consulte también nuestras páginas de green card para padres e hijos y de inmigración basada en la familia.

Qué hace por usted un abogado de green card para hijos

  • Confirmamos que la relación cumple la definición legal de hijo y reunimos las pruebas.
  • Identificamos la categoría y si hay un número de visa disponible ahora o solo después de esperar en el Boletín de Visas.
  • Hacemos el cálculo de la Ley de Protección del Estatus del Menor antes de cada presentación y planificamos las presentaciones y la naturalización del padre para proteger la edad del hijo.
  • Preparamos las solicitudes y el Formulario I-864, y representamos a la familia en la entrevista y ante cualquier Solicitud de Evidencia (RFE).

Quién se considera hijo según la ley de inmigración

La sección 101(b)(1) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) define como hijo a una persona soltera menor de 21 años que sea:

  • Nacida dentro del matrimonio del padre o la madre peticionario.
  • Hijastro o hijastra, si el matrimonio que creó esa relación se celebró antes de que el hijo cumpliera 18 años.
  • Nacida fuera del matrimonio, a través de la madre sin más requisitos, y a través del padre si el hijo fue legitimado antes de los 18 años o si el padre demuestra una relación de buena fe entre padre e hijo antes de que este cumpliera 21.
  • Adoptada, si la adopción quedó firme antes de que el hijo cumpliera 16 años y el padre tuvo dos años de custodia legal y dos años de residencia conjunta. Los niños adoptados en el extranjero normalmente inmigran por el proceso del Convenio de La Haya con los Formularios I-800A e I-800 o, en países que no forman parte del Convenio, por el proceso de huérfanos con los Formularios I-600A e I-600.

Categorías y listas de espera para hijos

Hijos de ciudadanos estadounidenses

El hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense es un familiar inmediato y recibe una visa de inmigrante IR-2 o ajusta su estatus sin lista de espera. Los hijos solteros de 21 años o más pertenecen a la categoría F1 y los hijos casados a la F3; en ambas hay que esperar una fecha de prioridad.

Hijos de residentes permanentes

Un residente permanente patrocina a sus hijos solteros menores de 21 años en la categoría F2A y a sus hijos solteros de 21 años o más en la F2B. No existe categoría para el hijo casado de un residente permanente, y si un beneficiario F2A o F2B se casa, la petición queda revocada. Cuando el padre se naturaliza, el hijo F2A pasa a ser familiar inmediato y el hijo F2B pasa a la categoría F1.

Hijos derivados, K-2 y K-4

En todas las categorías de preferencia y de empleo, los hijos solteros menores de 21 años del beneficiario principal lo acompañan o se reúnen con él más tarde con la misma petición. Las peticiones de familiares inmediatos no admiten derivados, así que un ciudadano que patrocina a su cónyuge presenta un I-130 por separado para cada hijastro. Los hijos de un prometido K-1 (K-2) y de un cónyuge K-3 (K-4) ajustan su estatus una vez que el padre o la madre se casa con el ciudadano.

La Ley de Protección del Estatus del Menor y el límite de edad

  • Familiares inmediatos. La edad del hijo se congela el día en que se presenta el I-130. Si un padre residente permanente se naturaliza mientras hay una petición F2A pendiente, la edad se congela en la fecha de la naturalización.
  • Hijos en categorías de preferencia e hijos derivados. La edad según la CSPA es la edad del hijo cuando hay un número de visa disponible menos los días que la petición estuvo pendiente antes de su aprobación. Si el resultado es menor de 21, el hijo debe buscar obtener la residencia dentro de un año, por ejemplo presentando el I-485 o el DS-260. Desde febrero de 2023, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) usa la tabla de Fechas para Presentación (Dates for Filing) para este cálculo siempre que los solicitantes de ajuste puedan usar esa tabla.
  • Conversiones. Un hijo F2A que supera el límite de edad pasa automáticamente a la F2B con la misma fecha de prioridad; el hijo de un ciudadano que cumple 21 pasa a la F1, y el que se casa pasa a la F3. Un derivado en otra categoría por lo general no puede conservar la fecha de prioridad del padre y necesita una nueva petición F2B cuando el padre sea residente.

Ajuste de estatus o proceso consular

Un hijo que está en Estados Unidos después de una admisión legal normalmente puede presentar el Formulario I-485, y haberse quedado más tiempo del permitido no impide el ajuste a un hijo que es familiar inmediato. Los hijos en categorías de preferencia por lo general deben haber mantenido su estatus y esperar a que su fecha de prioridad esté vigente, salvo que la sección 245(i) los proteja. Un hijo que entró sin inspección normalmente completa el caso en un consulado y, si tiene 18 años o más y acumuló presencia ilegal, puede necesitar primero un perdón I-601A. Un hijo en el extranjero presenta el Formulario DS-260 y tiene su entrevista en el consulado. Un menor de 18 años que vivirá bajo la custodia legal y física de un padre ciudadano estadounidense se convierte automáticamente en ciudadano al ser admitido, conforme a la sección 320 de la INA, por lo que el padre presenta el Formulario I-864W en lugar de una declaración de patrocinio completa.

Proceso y plazos

  1. Revisión de elegibilidad y de la CSPA. Relación, categoría, historial de entradas y cálculo de la edad.
  2. Presentación del I-130. Una petición por cada hijo; un hijo familiar inmediato que está aquí después de una admisión legal presenta el I-485 al mismo tiempo.
  3. Espera de un número de visa en los casos de preferencia, con seguimiento de ambas tablas del Boletín de Visas.
  4. Etapa de USCIS o del NVC. Datos biométricos y examen médico en los casos de ajuste; el DS-260, los documentos civiles y el I-864 en los casos consulares.
  5. Entrevista y decisión. USCIS puede eximir de la entrevista a un niño pequeño; si no, preparamos a la familia y la acompañamos.

Documentos y declaración de patrocinio económico

  • Prueba de la ciudadanía o la residencia permanente del peticionario.
  • El acta de nacimiento del hijo, más el acta de matrimonio de los padres en el caso de un hijastro, pruebas de la relación para un hijo nacido fuera del matrimonio, o la sentencia de adopción y las pruebas de custodia y residencia para un hijo adoptivo, con traducciones certificadas.
  • El Formulario I-864 que cumpla el umbral de las Pautas Federales de Pobreza, el I-864 de un copatrocinador si hace falta, o el Formulario I-864W cuando el hijo adquiera la ciudadanía al ser admitido.
  • El examen médico, el registro de vacunas, el pasaporte y las fotografías.

Hijos en proceso de deportación e hijos de asilados

Un hijo en proceso de deportación todavía puede obtener la green card: con un I-130 aprobado, solicita el ajuste ante el juez de inmigración, y un hijo maltratado, descuidado o abandonado por uno de sus padres puede calificar para el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil sin ningún peticionario familiar. Los hijos de asilados y refugiados siguen un camino distinto: el padre presenta el Formulario I-730 dentro de los dos años siguientes a la concesión para cada hijo soltero menor de 21 años, y la edad del hijo queda fijada en la fecha en que se presentó la solicitud de asilo. Consulte nuestra página de reunificación familiar sobre el I-730 y otras opciones en el extranjero.

Problemas comunes que le ayudamos a evitar

  • Una petición para un hijastro cuando el matrimonio se celebró después de que el hijo cumplió 18 años.
  • Una adopción que cumplió la ley extranjera pero no las reglas de dos años de custodia y residencia, o que omitió el proceso de La Haya.
  • Un hijo protegido por la CSPA que pierde esa protección porque nadie presentó la solicitud dentro del plazo de un año.
  • Un hijo F2A o F2B que se casa antes de recibir la green card.

Por qué Capitol Law Partners

Cagatay Ersoy, fundador y socio director de Capitol Law Partners, es egresado de Columbia Law School y lleva peticiones familiares para hijos, padres, cónyuges y hermanos, junto con green cards por matrimonio, green cards para hermanos e inmigración por empleo. Nuestros abogados y personal trabajan en inglés, turco, español, portugués y francés. Representamos a familias desde nuestras oficinas en Washington, DC, Herndon, Virginia y Nueva York, y contamos con una oficina en Estambul para familias turcas.

Más información sobre la green card para hijos

Inicie el caso de green card de su hijo

Cuéntenos su estatus, la edad de su hijo y su relación con él, y le diremos la categoría, si se aplica la CSPA y el camino realista. Programe una consulta o llame al +1 (202) 440-2272.

Preguntas frecuentes

¿Puedo patrocinar a mi hijastro para la green card?
Sí, si el matrimonio que le convirtió en padrastro o madrastra se celebró antes de que el hijo cumpliera 18 años. Usted presenta la petición por derecho propio con el Formulario I-130, y el hijastro recibe el mismo trato que su propio hijo a efectos de la categoría. Si el matrimonio se celebró después de que el hijo cumplió 18 años, no existe relación de hijastro según la ley de inmigración, y debe ser el padre o la madre biológico quien califique y presente la petición.
Mi hijo cumplirá 21 años pronto. ¿Se perderá el caso?
Con frecuencia, no. Si usted es ciudadano estadounidense, la Ley de Protección del Estatus del Menor congela la edad de su hijo el día en que se presenta el I-130. Si usted es residente permanente o el hijo es derivado, la edad según la CSPA es la edad cuando hay una visa disponible menos el tiempo que la petición estuvo pendiente, y el hijo debe buscar la residencia dentro de un año. Hacemos el cálculo antes de presentar y le decimos exactamente qué plazos se aplican.
¿Puede un residente permanente patrocinar a un hijo o una hija casados?
No. Los residentes permanentes solo pueden patrocinar a su cónyuge y a sus hijos solteros, en las categorías F2A y F2B. Si un beneficiario F2A o F2B se casa, la petición queda revocada. Una vez que usted se naturalice, puede presentar una nueva petición para un hijo o una hija casados en la categoría F3, y su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años pueden inmigrar como derivados.
¿Necesito un I-130 por separado para cada hijo?
Sí. Cada hijo es un beneficiario distinto y necesita su propio Formulario I-130 con sus propios documentos, y las peticiones de familiares inmediatos no admiten derivados. La excepción son los casos de preferencia, en los que los hijos solteros menores de 21 años del beneficiario principal pueden inmigrar como derivados con la petición de su padre o madre sin presentar una solicitud aparte.
¿Puede mi hijo adoptivo obtener la green card a través de mí?
Sí, de una de tres maneras. Un I-130 normal sirve si la adopción quedó firme antes de que el niño cumpliera 16 años y usted tuvo dos años de custodia legal y dos años de residencia conjunta. Los niños adoptados en un país del Convenio de La Haya inmigran con los Formularios I-800A e I-800, y los niños de otros países mediante el proceso de huérfanos con los Formularios I-600A e I-600. La vía correcta depende del país del niño y del lugar donde se hizo la adopción.
Mi hijo está en Estados Unidos con la visa vencida. ¿Puede ajustar su estatus?
Si usted es ciudadano estadounidense y su hijo es soltero y menor de 21 años, normalmente sí. Los familiares inmediatos que fueron admitidos legalmente pueden ajustar su estatus incluso después de quedarse más tiempo del permitido, así que presentamos juntos el I-130 y el I-485. Si usted es residente permanente, por lo general su hijo debe haber mantenido un estatus legal para ajustar, y el análisis es distinto si el hijo entró sin inspección.
¿Qué pasa si me naturalizo mientras la petición de mi hijo está pendiente?
La categoría de su hijo mejora automáticamente. Un hijo F2A pasa a ser familiar inmediato sin lista de espera, y su edad según la CSPA se congela en la fecha de su naturalización. Un hijo F2B pasa a la F1 con la misma fecha de prioridad, salvo que elija quedarse en la F2B porque esa fila avanza más rápido para su país de nacimiento. Envíenos su certificado de naturalización para que podamos actualizar a USCIS o al Centro Nacional de Visas.
¿Mi hijo necesita una green card si yo soy ciudadano estadounidense?
No siempre. Un hijo nacido en el extranjero de un padre ciudadano estadounidense puede haber adquirido la ciudadanía al nacer, y un menor de 18 años que vive en el extranjero puede ser elegible para la naturalización con el Formulario N-600K. Un menor de 18 años que inmigra y vive bajo su custodia legal y física se convierte automáticamente en ciudadano al ser admitido como residente permanente. Revisamos primero estas vías porque pueden ser más rápidas y evitar por completo el proceso de la green card.