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Abogado de FOIA migratorio

Solicitudes FOIA a USCIS, EOIR, CBP, ICE y el Departamento de Estado, revisión del expediente A y del expediente judicial, apelaciones administrativas y litigio FOIA.

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Abogado de FOIA migratorio: expedientes de USCIS, ICE, CBP y EOIR

Antes de presentar una nueva solicitud, defenderse en un caso de deportación o solicitar la ciudadanía, necesita saber exactamente qué información tiene ya el gobierno sobre usted, y una solicitud bajo la Ley de Libertad de Información (FOIA) es la forma de averiguarlo. Capitol Law Partners prepara y da seguimiento a solicitudes FOIA ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), el Departamento de Estado y el FBI, analiza los resultados con criterio de abogado y demanda ante un tribunal federal cuando una agencia no responde.

Por qué la solicitud FOIA suele ser el primer paso

Con frecuencia, los clientes no conocen su propio historial migratorio. Un aviso de audiencia pudo haberse enviado a una dirección antigua y haberse dictado una orden de deportación in absentia sin que la persona lo supiera. Un encuentro en la frontera hace años pudo haber generado una declaración jurada o una orden de deportación expedita. USCIS puede tener una solicitud anterior con respuestas que contradicen lo que usted piensa declarar ahora. Presentar una solicitud sin esa información expone a una negación, a una determinación de fraude o a una remisión a la corte de inmigración.

Qué agencia tiene qué registros

  • USCIS tiene el Expediente de Extranjero, o expediente A (A-file): cada solicitud y petición presentada ante el antiguo INS y ante USCIS, las decisiones, las notas de entrevista, las declaraciones juradas y los registros de otros componentes del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Las solicitudes se presentan en línea a través del sistema FOIA de USCIS o con el Formulario G-639.
  • EOIR, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración, tiene el Expediente del Proceso (Record of Proceedings) de cada caso en la corte de inmigración: el Aviso de Comparecencia (Notice to Appear), las pruebas, las grabaciones de las audiencias, la decisión del juez y cualquier escrito ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. El estado del caso y las fechas de audiencia también están disponibles en el sistema automatizado de información de casos de EOIR.
  • CBP, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, tiene los registros de entradas y salidas, el historial de I-94, los registros de inspección, incluidas las notas de inspección secundaria, y los documentos de deportación expedita y de retiro de la solicitud de admisión. El historial reciente de I-94 está disponible en línea; los registros más antiguos requieren una solicitud FOIA.
  • ICE, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, tiene los registros de detención, el Registro de Extranjero Deportable o Inadmisible en el Formulario I-213, las órdenes de arresto, las solicitudes de retención (detainers) y el historial de medidas de control.
  • El Departamento de Estado tiene los registros de visas, que son confidenciales según la sección 222(f) de la INA. Por lo general, solo entrega los documentos que usted mismo presentó y retiene las notas de los funcionarios consulares y los motivos de una negación.
  • El FBI proporciona el Resumen de Historial de Identidad (Identity History Summary), un registro basado en huellas dactilares de los arrestos y sus resultados reportados al FBI, que se solicita directamente al FBI con las huellas.

Vías de procesamiento y trámite acelerado

USCIS clasifica las solicitudes en tres vías: solicitudes simples, solicitudes complejas, como un expediente A completo, y una vía acelerada para personas con una audiencia programada ante un juez de inmigración, que exige prueba del proceso pendiente, como el Aviso de Comparecencia o un aviso de audiencia. Los reglamentos del DHS también permiten el trámite acelerado cuando la demora pondría en peligro la vida o la seguridad o causaría la pérdida de derechos sustanciales de debido proceso. La ley da a las agencias 20 días hábiles para responder, prorrogables por 10 en circunstancias inusuales, pero las solicitudes complejas suelen tardar meses.

La Ley de Privacidad, el consentimiento y los registros de terceros

Usted tiene derecho a sus propios registros, pero una agencia no entregará registros sobre otra persona sin el consentimiento escrito de esa persona, firmado bajo pena de perjurio o notariado, o sin prueba de que la persona falleció. Esto importa cuando un caso depende del expediente de un padre o de un cónyuge. Preparamos el consentimiento y el Formulario G-28 para que los registros se entreguen directamente al despacho.

Cuando la agencia no responde: litigio FOIA

Si una agencia no cumple el plazo legal, se considera que usted agotó la vía administrativa y puede demandar ante un tribunal federal de distrito bajo el 5 U.S.C. 552(a)(4)(B). El tribunal puede ordenar la entrega, revisar el material retenido y otorgar honorarios de abogado cuando el solicitante prevalece sustancialmente. El litigio FOIA y el mandamus son herramientas relacionadas: la FOIA obliga a entregar los registros, el mandamus obliga a decidir una solicitud demorada, y los registros obtenidos por FOIA a menudo muestran si conviene una demanda de mandamus. Cuando un cliente está detenido, el expediente también es la base de una petición de habeas corpus.

Cómo leer y usar los resultados

La entrega es un archivo electrónico extenso, a menudo desordenado y con muchas partes tachadas. Lo indexamos, armamos una cronología de entradas, solicitudes y decisiones, y la comparamos con su relato. Luego los resultados se ponen a trabajar:

  • Naturalización. Confirmar las fechas del caso de green card, las declaraciones anteriores bajo juramento y cualquier problema de buen carácter moral antes de presentar un N-400. Consulte ciudadanía y naturalización.
  • Exenciones. Identificar la causal exacta de inadmisibilidad, las órdenes de deportación anteriores y las determinaciones de fraude o tergiversación que una exención debe abordar.
  • Asilo. Localizar las declaraciones juradas tomadas en la frontera y las notas de la entrevista de miedo creíble para que la declaración sea coherente con ellas.
  • Defensa contra la deportación. Poner a prueba los cargos del Aviso de Comparecencia, demostrar cómo se notificaron los avisos de audiencia y encontrar las órdenes anteriores que una moción para reabrir debe abordar. Nuestro equipo de defensa contra la deportación se apoya en el expediente en cada caso.

Partes tachadas y apelaciones administrativas

Las agencias retienen material bajo las exenciones de la FOIA, con mayor frecuencia notas de los funcionarios y deliberaciones internas, información personal de terceros y técnicas de aplicación de la ley. Algunas partes tachadas son indebidas, y una respuesta de "no se encontraron registros" a veces es errónea, a menudo porque se escribió mal el número A o la solicitud se envió al componente equivocado. Puede presentar una apelación administrativa, por lo general dentro de 90 días de la respuesta, y la carta de la agencia indica el plazo exacto.

Por qué Capitol Law Partners

Cagatay Ersoy, fundador y socio director de Capitol Law Partners, es egresado de Columbia Law School y su práctica abarca la inmigración familiar y laboral además del derecho empresarial. Nuestros abogados y personal trabajan en inglés, turco, español, portugués y francés. Desde nuestras oficinas en Washington, DC, Herndon, Virginia y Nueva York, tramitamos solicitudes de registros para clientes en cualquier parte de Estados Unidos y del extranjero.

Más información

Solicite sus registros migratorios

Si no está seguro de qué tiene el gobierno en su expediente, permítanos averiguarlo antes de que presente cualquier otra cosa. Agende una consulta o llame al +1 (202) 440-2272.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una solicitud FOIA migratoria?
Es una solicitud bajo la Ley de Libertad de Información para obtener los registros que una agencia federal tiene sobre usted. En casos migratorios, eso suele significar su expediente A de USCIS, el expediente de la corte de inmigración de EOIR, los registros de entradas y salidas de CBP, los registros de detención y de medidas de control de ICE, y los registros de visas del Departamento de Estado. Varias agencias aceptan solicitudes en línea, y los resultados se entregan en formato electrónico.
¿Cuánto tarda una solicitud FOIA a USCIS?
La ley exige una respuesta dentro de 20 días hábiles, prorrogables por 10, pero las solicitudes complejas de USCIS para un expediente A completo suelen tardar meses. Las solicitudes de personas con una audiencia programada en la corte de inmigración se colocan en una vía acelerada y avanzan más rápido, siempre que incluyan prueba de la audiencia. Si la agencia ignora el plazo, se considera que usted agotó la vía administrativa y puede demandar ante un tribunal federal.
¿Puedo solicitar los registros migratorios de otra persona?
Solo con el consentimiento escrito de esa persona, firmado bajo pena de perjurio o notariado, o con prueba de que la persona falleció. Esto ocurre a menudo cuando el reclamo de ciudadanía de un hijo depende del expediente de naturalización de un padre, o cuando una exención depende del historial de un cónyuge. Preparamos los documentos de consentimiento y solicitamos los registros para que se envíen directamente al despacho.
¿Una solicitud FOIA alertará a las autoridades migratorias sobre mi presencia?
Una solicitud FOIA es un pedido rutinario de registros que tramita una oficina FOIA separada, y no es una solicitud de beneficio ni una admisión sobre su estatus. Toda solicitud incluye datos de identificación, por lo que analizamos su situación antes de presentarla, incluso si podría existir una orden de deportación anterior. En la mayoría de los casos, saber qué hay en el expediente es mucho más seguro que adivinar.
¿Qué contiene un expediente A?
El Expediente de Extranjero es el archivo principal que USCIS mantiene sobre una persona. Por lo general incluye cada solicitud y petición presentada ante el antiguo INS o ante USCIS, los avisos y decisiones, las notas de entrevista, las declaraciones juradas, los registros biométricos, copias de pasaportes y visas, los Avisos de Comparecencia y documentos recibidos de CBP, ICE y los consulados. A menudo es el conjunto de documentos más útil en un caso migratorio.
¿Puedo obtener las notas que tomó un funcionario consular cuando me negaron la visa?
Por lo general, no. Los registros de visas son confidenciales según la sección 222(f) de la INA, y el Departamento de Estado suele entregar solo los documentos que usted presentó, como su DS-160 o DS-260, y retiene las notas del funcionario y los motivos internos. Aun así, una solicitud FOIA puede confirmar qué se presentó y cuándo, lo que ayuda en una exención o en una solicitud posterior.
¿Qué puedo hacer ante una respuesta de "no se encontraron registros" o con muchas partes tachadas?
Presente una apelación administrativa dentro del plazo indicado en la carta de la agencia, por lo general 90 días. Una respuesta de "no se encontraron registros" suele deberse a un número A mal escrito, a una grafía distinta del nombre o a una solicitud enviada a la agencia equivocada, y nosotros la corregimos y la volvemos a presentar. Si las partes tachadas parecen indebidas, la apelación impugna la exención invocada, y la disputa puede llevarse a un tribunal federal de distrito si es necesario.
¿El litigio FOIA es lo mismo que una demanda de mandamus?
No. Una demanda FOIA obliga a una agencia a entregar registros que retuvo ilegalmente o que no produjo. Una acción de mandamus obliga a una agencia a decidir una solicitud demorada. A menudo funcionan juntas: obtenemos el expediente por FOIA para evaluar la solidez del caso de fondo y luego presentamos el mandamus si la demora es irrazonable y el caso es sólido.