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Residencia continua y presencia física para la naturalización

Los viajes pueden costarle años en el camino a la ciudadanía. Cómo cuenta USCIS la residencia continua y la presencia física, y qué viajes reinician el conteo.

Los viajes pueden costarle años en el camino a la ciudadanía. Cómo cuenta USCIS la residencia continua y la presencia física, y qué viajes reinician el conteo.

El Formulario N-400 hace dos preguntas distintas sobre el tiempo que usted ha pasado en Estados Unidos, y los solicitantes las reprueban por motivos diferentes. La residencia continua (continuous residence) pregunta si usted mantuvo aquí su hogar durante todo el período legal sin un solo viaje lo bastante largo como para interrumpirla. La presencia física (physical presence) pregunta cuántos días estuvo realmente dentro del país. Puede cumplir una y no la otra: un residente que hizo un solo viaje de once meses puede tener días de sobra pero una residencia interrumpida, mientras que un consultor que sale del país cada dos semanas puede tener una residencia ininterrumpida y muy pocos días. Este artículo explica cómo cuenta USCIS la residencia continua y la presencia física, qué viajes reinician el conteo y cómo planificar sus viajes antes de presentar la solicitud.

Residencia continua y presencia física: dos requisitos, dos conteos

Según la regla de cinco años, usted debe haber vivido en Estados Unidos como residente permanente de forma continua durante cinco años antes de presentar la solicitud y debe haber estado físicamente presente durante al menos 30 meses de esos cinco años. Según la regla de tres años para cónyuges de ciudadanos estadounidenses, las cifras son tres años y 18 meses. Ambas reglas añaden un tercer requisito: tres meses de residencia en el estado o distrito de USCIS donde presenta la solicitud. La residencia continua también debe mantenerse desde la fecha de presentación hasta que usted preste juramento, de modo que un viaje largo después de presentar la solicitud puede arruinar una solicitud que estaba en regla cuando se envió.

La presencia física es pura aritmética. USCIS suma cada día que usted estuvo fuera del país durante el período legal, con base en los viajes que declara en el formulario y en los registros de entrada que tiene la CBP, y verifica que el total sea inferior a la mitad. La residencia continua se refiere a si alguna ausencia, por sí sola, fue lo bastante larga como para demostrar que usted trasladó su hogar al extranjero. Los servicios descritos en nuestra página de ciudadanía, estatus y viajes existen en gran parte porque estos dos requisitos hacen tropezar a quienes suponían que bastaba con tener la green card.

La presunción de seis meses

Una sola ausencia de más de seis meses pero de menos de un año crea la presunción de que usted interrumpió la residencia continua. La presunción puede refutarse, y el oficial pedirá evidencia de que su vida siguió aquí: un empleo que conservó o al que regresó, una vivienda que siguió pagando, familiares inmediatos que se quedaron, declaraciones de impuestos estadounidenses presentadas como residente para ese año y prueba de que no aceptó un empleo en el extranjero. Cuanto más débiles sean sus vínculos, más parecerá una mudanza un viaje de nueve meses. Dos viajes de cinco meses cada uno no activan la presunción, pero aun así pueden perjudicarlo en el conteo de presencia física y serán cuestionados en la entrevista.

La ruptura de un año y la fecha de reinicio

Una ausencia de un año o más interrumpe la residencia continua de forma automática. No admite refutación. La consecuencia práctica es un nuevo período de espera: usted vuelve a ser elegible cuatro años y un día después de la fecha en que regresó, o dos años y un día según la regla de tres años. Tener un permiso de reingreso durante el viaje no cambia este resultado. El permiso protege su green card frente a una determinación de abandono en la frontera, que es una cuestión distinta explicada en nuestro artículo sobre cómo obtener un permiso de reingreso antes de un viaje largo, pero no hace nada por el reloj de la naturalización. Los residentes que confunden ambas cosas a menudo presentan un N-400 que se niega solo por aritmética, y nuestro artículo sobre qué pasa después de una negación del N-400 explica por qué una audiencia rara vez lo soluciona.

Formulario N-470 para trabajo calificado en el extranjero

El Congreso creó una excepción. Un residente permanente que vaya a trabajar en el extranjero para el gobierno de Estados Unidos, para una institución de investigación estadounidense reconocida por el Fiscal General, para una empresa estadounidense o su subsidiaria dedicada al desarrollo del comercio exterior de Estados Unidos, para una organización internacional pública de la que Estados Unidos sea miembro, o para una denominación religiosa como ministro o misionero, puede presentar el Formulario N-470 para preservar la residencia continua. Debe haber pasado al menos un año ininterrumpido físicamente en Estados Unidos como residente permanente antes de que comience el trabajo calificado, y la solicitud debe presentarse antes de que haya estado un año en el extranjero. Un N-470 aprobado preserva la residencia continua, pero, salvo para ciertos trabajadores religiosos, no cuenta el tiempo en el extranjero como presencia física. Alguien con un N-470 que pasa cuatro de cinco años fuera del país sigue sin cumplir el requisito de 30 meses.

Cómo planificar los viajes antes de presentar la solicitud

Empiece con una lista fechada de cada viaje durante el período legal, incluidos los cortos, y sume los días. Si está por debajo del límite pero cerca, aplace la presentación hasta que los viajes largos más antiguos queden fuera de la ventana de cinco años; la ventana avanza cada día, así que un residente que pasó mucho tiempo en el extranjero durante el primer año puede simplemente esperar a que ese primer año quede atrás. Recuerde que la regla de presentación anticipada de 90 días funciona en sentido contrario: puede presentar la solicitud hasta 90 días antes del quinto aniversario, pero los requisitos de residencia y presencia se miden hasta la fecha de presentación, de modo que presentar antes acorta el período que usted debe demostrar. Haga viajes cortos entre la presentación y el juramento, declare cada ausencia en la entrevista y presente sus declaraciones de impuestos como residente durante todo el período. Los residentes que estén sopesando una ausencia larga frente a una fecha de presentación cercana deben leer nuestra página de ciudadanía y naturalización y nuestra guía sobre los requisitos de la ciudadanía estadounidense antes de reservar.

Si no está seguro de que su historial de viajes cumpla ambos requisitos, una consulta con Capitol Law Partners puede hacer el conteo e indicarle la fecha segura más temprana para presentar la solicitud. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

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¿Necesita ayuda con este tema? Consulte nuestra página de servicios de ciudadanía, estatus y viajes o programe una consulta.

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