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¿Puede viajar si su solicitud de inmigración está pendiente?

Salir del país puede abandonar una solicitud pendiente y dejar intacta otra. La regla para las solicitudes I-539, I-129, I-485, I-131 y N-400.

Salir del país puede abandonar una solicitud pendiente y dejar intacta otra. La regla para las solicitudes I-539, I-129, I-485, I-131 y N-400.

La respuesta depende por completo de qué formulario está pendiente. Si sale del país con un Formulario I-539 pendiente, USCIS considera abandonada la solicitud. Si sale con un Formulario N-400 pendiente, a la solicitud no le pasa nada, siempre que regrese para la entrevista. Si sale con un Formulario I-485 pendiente y sin advance parole, el caso de la green card se termina. Cada día hay personas que viajan con una solicitud de inmigración pendiente sin consecuencias, y otras que pierden años de trabajo por tomar el vuelo equivocado. Es la pregunta que nuestro equipo de ciudadanía, estatus y viajes escucha con más frecuencia antes de las vacaciones, así que este artículo repasa formulario por formulario para que pueda verificarlo antes de reservar.

Formulario I-539 pendiente: la salida abandona la solicitud

El Formulario I-539 es la solicitud para extender o cambiar el estatus de no inmigrante de visitantes, estudiantes, visitantes de intercambio y dependientes. USCIS considera que salir de Estados Unidos mientras está pendiente equivale a abandonar la solicitud, tanto en las extensiones como en los cambios de estatus. La trampa práctica es la fecha del I-94. Si su estadía autorizada ya venció mientras la solicitud estaba pendiente, solo lo protegía la solicitud en trámite; al salir, esa protección termina y necesitará una visa nueva, en la nueva categoría, para regresar. Los dependientes que presentaron su propio I-539 pierden su solicitud si viajan, aunque el titular principal se quede. Nuestra página de cambio y extensión de estatus explica las reglas de presentación, y esta es la solicitud en la que la regla de no viajar es más estricta.

Formulario I-129 pendiente: la petición sobrevive, el cambio de estatus no

Cuando un empleador presenta el Formulario I-129 para pedir a USCIS que cambie su estatus a H-1B, L-1, O-1 u otra categoría de trabajo, la petición y la solicitud de cambio de estatus son dos piezas separadas. Si usted sale mientras está pendiente, USCIS todavía puede aprobar la petición, pero la aprobará para notificación consular en lugar de otorgar el cambio de estatus, y usted solicitará la visa en un consulado y entrará en la nueva categoría. Los trabajadores cuyo empleador presentó una extensión con el mismo empleador están en una situación distinta: por lo general es posible viajar con una visa vigente, el aviso de recibo y la aprobación anterior, pero consulte antes de reservar, porque la respuesta cambia según la categoría y el momento. Ordenar estas solicitudes en torno a los viajes es parte de lo que hacemos para los clientes de estatus y viajes.

Formulario I-485 pendiente: advance parole o estatus H o L vigente

Cualquier salida abandona una solicitud de ajuste de estatus (adjustment of status), salvo que usted tenga un documento de advance parole (permiso de viaje anticipado) aprobado o mantenga un estatus H-1B, L-1 o de dependiente vigente y regrese para reanudarlo. El advance parole se solicita con el Formulario I-131, a menudo junto con el I-485, y USCIS suele emitirlo en una tarjeta combinada con la autorización de empleo. Incluso con el documento, viajar es riesgoso para los solicitantes con presencia ilegal en el pasado, una orden de deportación previa o antecedentes penales, y la CBP lo inspecciona a su regreso. Nuestro artículo sobre el advance parole para solicitantes de green card con un caso pendiente explica las protecciones y los límites.

Formulario I-131 pendiente: depende del documento

El I-131 abarca tres documentos de viaje, y la regla para viajar es distinta en cada uno. Una solicitud inicial de advance parole se abandona si usted sale antes de que se apruebe, así que espere la tarjeta. La solicitud de permiso de reingreso funciona al revés: debe presentarla desde dentro de Estados Unidos y asistir aquí a la cita de biometría, pero una vez tomadas las huellas puede salir y hacer que el permiso se entregue en una dirección en Estados Unidos o en un consulado en el extranjero. El documento de viaje de refugiado debe estar en sus manos antes de salir. Nuestro artículo sobre cómo obtener un permiso de reingreso antes de un viaje largo describe la secuencia, y la página de viajes y permisos de reingreso cubre los tres documentos.

Formulario N-400 pendiente: se puede viajar, con tres condiciones

Un residente permanente con una solicitud de naturalización pendiente puede viajar. Las condiciones son que cada viaje sea lo bastante corto como para proteger la residencia continua, que declare cada ausencia en la entrevista y que esté físicamente en Estados Unidos para la biometría, la entrevista y la ceremonia de juramento. USCIS programa estas citas por correo y mediante avisos en línea, así que mantenga actualizada su dirección y evite viajes largos mientras pueda llegar un aviso. Un viaje de seis meses o más durante el período en que la solicitud está pendiente invita a una negación por residencia continua, por sólida que fuera la solicitud al presentarla.

Asilo pendiente o proceso de deportación

Se presume que un solicitante de asilo que sale sin advance parole abandonó la solicitud, y un viaje al país de origen debilita el propio reclamo. Cualquier persona en un proceso de deportación debe considerar la salida como último recurso: salir ejecuta una orden de deportación pendiente, cuenta como retiro de una apelación en curso y puede impedirle regresar durante años. Estos casos requieren una revisión antes de cualquier reserva.

Antes de viajar con una solicitud de inmigración pendiente: lista de verificación

Identifique cada aviso de recibo que tenga. Para cada uno, pregúntese si el formulario está en la lista de no viajar (I-539, solicitud inicial de advance parole con el I-131, I-485 sin parole, asilo pendiente), en la lista de consultar primero (I-129) o en la lista de viajar con cuidado (N-400, permiso de reingreso después de la biometría). Luego revise la fecha de su I-94, la vigencia de su visa para el viaje de regreso y si alguna presencia ilegal pasada o un arresto hace que salir sea peligroso, sin importar qué formulario esté pendiente.

Si tiene un viaje planeado y un caso pendiente, una consulta con Capitol Law Partners puede confirmar qué regla se aplica antes de que la reserva se convierta en un error. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

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