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¿Cómo funciona el perdón provisional I-601A?

El I-601A perdona la presencia ilegal antes de que usted viaje a su entrevista consular. Quién califica, qué es la dificultad extrema y dónde fallan los casos.

El I-601A perdona la presencia ilegal antes de que usted viaje a su entrevista consular. Quién califica, qué es la dificultad extrema y dónde fallan los casos.

Salir de Estados Unidos después de más de 180 días de presencia ilegal (unlawful presence) activa una prohibición de tres años para regresar. Salir después de un año o más activa una prohibición de diez años. Para un cónyuge o un padre que entró sin inspección y que, por eso, no puede hacer aquí el ajuste de estatus (adjustment of status), esa es la trampa: la única forma de terminar la green card es una entrevista consular en el extranjero, y salir del país pone en marcha la prohibición. El perdón provisional I-601A (provisional waiver) existe justamente para resolver ese problema. Permite que USCIS decida el perdón por presencia ilegal mientras el solicitante todavía está en Estados Unidos, de modo que la familia conoce la respuesta antes de que alguien suba a un avión.

Qué cubre el perdón provisional I-601A y qué no cubre

El perdón provisional perdona una sola cosa: la presencia ilegal bajo la sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). No perdona la tergiversación de hechos, las causales penales, una orden de deportación previa ni la prohibición permanente que se aplica a quienes volvieron a entrar sin inspección después de un año de presencia ilegal o después de haber sido deportados. Si cualquiera de esos problemas aparece en el expediente, el I-601A es el formulario equivocado o, en el mejor de los casos, solo una parte del plan.

Por eso nuestra práctica de inmigración basada en la familia comienza cada caso de perdón con un historial completo de entradas, salidas y encuentros con las autoridades migratorias. Una causal de inadmisibilidad que aparece en el consulado después de aprobado el I-601A revoca automáticamente el perdón provisional. El solicitante queda entonces fuera de Estados Unidos, sujeto a la prohibición, y debe empezar de nuevo con el Formulario I-601 regular.

Quién puede presentar la solicitud

Los requisitos son más estrictos de lo que la mayoría de las familias espera. Al momento de escribir este artículo, el solicitante debe:

  • Estar físicamente presente en Estados Unidos y tener al menos 17 años.
  • Ser beneficiario de una petición de visa de inmigrante aprobada, por lo general un Formulario I-130 presentado por un familiar, con un caso de visa de inmigrante pendiente ante el Departamento de Estado y la tarifa de visa de inmigrante pagada.
  • Tener un cónyuge o un padre o madre ciudadano estadounidense o residente permanente legal que sufriría una dificultad extrema si se negara el perdón.
  • No tener un Formulario I-485 pendiente ni estar sujeto a una orden final de deportación, salvo que ese problema se haya resuelto por separado.

Observe quién falta en la lista de familiares calificados (qualifying relatives): los hijos. Un hijo o una hija ciudadano estadounidense puede presentar el I-130 para su padre o su madre, pero la dificultad que cuenta debe recaer en el propio cónyuge o en el padre o la madre del solicitante. Explicamos lo que eso significa en los casos de padres en green card para padres que entraron sin inspección.

Qué significa realmente dificultad extrema

La dificultad extrema (extreme hardship) es más que la tristeza y el costo de la separación, que USCIS considera la consecuencia normal de la inadmisibilidad. El oficial analiza dos escenarios: que el familiar calificado se quede en Estados Unidos sin el solicitante y que el familiar calificado se mude al extranjero con el solicitante. El perdón es más sólido cuando ambos escenarios están documentados y ambos son graves.

Los factores que USCIS evalúa se agrupan de manera previsible: las condiciones médicas del familiar y quién lo cuida; las consecuencias económicas de perder los ingresos del solicitante o de mudarse; los vínculos del propio familiar con Estados Unidos, como otros miembros de la familia, un empleo, una hipoteca o la escolaridad de un hijo; la capacidad del familiar para desenvolverse en el país de origen del solicitante, considerando el idioma, la seguridad y las perspectivas de empleo; y las condiciones del país. Ningún factor es obligatorio por sí solo. Un cónyuge con una enfermedad crónica, una hipoteca, dos hijos en la escuela y ningún vínculo con el país del solicitante presenta un caso más sólido que un cónyuge con solo uno de esos hechos.

La evidencia debe corresponder a lo que se afirma. Expedientes médicos, no una carta que diga que alguien está enfermo. Declaraciones de impuestos y un presupuesto familiar, no una afirmación de que el dinero no alcanza. Una evaluación psicológica cuando la ansiedad o la depresión forman parte de la dificultad. Informes sobre las condiciones del país elaborados por fuentes reconocidas. Una declaración detallada del familiar calificado que vincule todos los documentos, con sus propias palabras.

El orden de las solicitudes

El perdón se ubica en medio de un caso consular, y el orden importa.

  1. El familiar presenta el Formulario I-130 ante USCIS. Para los cónyuges, es la misma petición de green card por matrimonio que presenta cualquier pareja; para los padres, la presenta el hijo adulto ciudadano.
  2. Tras la aprobación, el caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC). El solicitante paga la tarifa de visa de inmigrante, que es el paso que hace posible el I-601A. Informe al NVC que se presentará un perdón provisional para que la entrevista no se programe hasta que se decida el perdón.
  3. El solicitante presenta el Formulario I-601A ante USCIS, asiste a la cita de datos biométricos y espera. Consulte los tiempos de procesamiento vigentes de USCIS para este formulario; cambian.
  4. Si se aprueba el perdón, el NVC programa la entrevista y el solicitante viaja al consulado. El perdón aprobado surte efecto al salir del país.
  5. El oficial consular confirma la admisibilidad y emite la visa de inmigrante. El solicitante regresa como residente permanente.

Dónde fallan los casos de I-601A

Tres patrones explican la mayoría de las negaciones y revocaciones que vemos.

Primero, un problema no revelado. Una orden de deportación previa, una declaración falsa de ciudadanía, una detención en la frontera con retorno voluntario: cada uno cambia el análisis, y algunos no admiten perdón en absoluto. Estos problemas deben detectarse antes de presentar la solicitud, no en el consulado.

Segundo, una dificultad poco sustentada. Un paquete de perdón que enumera las circunstancias de la familia sin documentarlas se lee como simple separación. La declaración tiene que explicar por qué esta familia, en concreto, no puede absorber la pérdida.

Tercero, un caso de dificultad construido sobre la persona equivocada. La dificultad del solicitante, de los hijos ciudadanos estadounidenses o de los hermanos solo es relevante en la medida en que cause dificultad al cónyuge o al padre o la madre calificados. El paquete tiene que hacer explícito ese vínculo.

La negación del I-601A no se puede apelar, aunque es posible presentar un nuevo perdón con nueva evidencia. Un cónyuge que fue admitido con una visa y se quedó más tiempo del autorizado por lo general no necesita este perdón en absoluto; consulte green card por matrimonio después de exceder la estadía autorizada para entender por qué, en esa situación, la respuesta es el ajuste de estatus y no un perdón.

Si su cónyuge, su padre o su madre entró sin inspección y su familia está evaluando un caso consular con perdón provisional, una consulta con Capitol Law Partners puede poner a prueba la evidencia de dificultad antes de presentar la solicitud. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

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