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Derivados en la green card para hermanos: cónyuge e hijos en F4

El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de su hermano viajan en la misma petición F4 como derivados. Los riesgos: un hijo que cumple 21 o se casa, o un nuevo cónyuge.

El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de su hermano viajan en la misma petición F4 como derivados. Los riesgos: un hijo que cumple 21 o se casa, o un nuevo cónyuge.

Sí. Como la categoría F4 de hermanos es una categoría de preferencia, el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de su hermano son beneficiarios derivados según la sección 203(d) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act, INA). Los derivados en la green card para hermanos no necesitan una petición propia, comparten la fecha de prioridad (priority date) de su hermano y pueden recibir sus visas al mismo tiempo que su hermano o más tarde. El problema es que un hijo derivado debe seguir siendo “hijo” (child) cuando se emite la visa, y tras una espera de muchos años ese es el punto más difícil de un caso de green card para hermanos. El equipo de Capitol Law Partners dedicado a la green card para hermanos e inmigración familiar planifica la situación de los derivados desde la primera presentación; esto es lo que las familias necesitan saber.

Quiénes califican como derivados en la green card para hermanos

Dos grupos: el cónyuge de su hermano y los hijos solteros menores de 21 años de su hermano. Los hijos incluyen a los hijastros, si su hermano se casó con el padre o la madre de ellos antes de que cumplieran 18 años, y a los hijos adoptivos que cumplan las reglas de adopción. El matrimonio con el cónyuge no tiene que ser anterior al I-130; un cónyuge adquirido después de la presentación, pero antes de que su hermano inmigre, se agrega al caso. No existen derivados de derivados, así que un nieto no puede venir a través del estatus del cónyuge o del hijo. Los hijos casados de su hermano no son derivados a ninguna edad.

Los padres de su hermano son, por supuesto, también sus padres. No son derivados en la petición de hermanos; si usted es ciudadano estadounidense, presenta para ellos peticiones separadas de familiar inmediato (immediate relative), como explica nuestra página de green card para padres. Incluya a cada cónyuge e hijo en la sección sobre la familia del Formulario I-130, aunque no se necesiten peticiones separadas, e informe los matrimonios y nacimientos posteriores a USCIS o al Centro Nacional de Visas (National Visa Center, NVC) para que el expediente esté completo antes de la entrevista.

Derivados que acompañan y derivados que se reúnen después

Un derivado que obtiene la visa junto con su hermano, o dentro de los seis meses posteriores a la admisión de su hermano, es un derivado “que acompaña” (accompanying). Un derivado que llega más tarde “se reúne posteriormente” (following to join), y puede hacerlo en cualquier momento mientras su hermano siga siendo residente permanente, sin una nueva petición ni una nueva fecha de prioridad, siempre que la relación existiera cuando su hermano inmigró. Si su hermano se naturaliza más adelante, la vía de following to join se cierra y su hermano debe presentar peticiones I-130 como ciudadano, lo que para un cónyuge e hijos menores significa la condición de familiar inmediato sin espera. Nuestro artículo sobre cómo funciona el following to join explica el proceso del Formulario I-824 y los documentos.

El problema de la edad para los hijos derivados en F4

Es probable que un hijo que tiene 12 años cuando usted presenta la petición haya superado los 21 cuando la fecha de prioridad quede vigente. La Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act, CSPA) ayuda, pero menos de lo que las familias esperan. La edad según la CSPA es la edad del hijo cuando una visa queda disponible menos los días que el I-130 estuvo pendiente ante USCIS antes de su aprobación. En muchos casos de hermanos, USCIS aprueba la petición dentro de uno o dos años desde su presentación, así que la resta es de uno o dos años, no de diez. Un hijo que tenía 24 años cuando la fecha quedó vigente y cuya petición estuvo pendiente 14 meses tiene una edad CSPA de casi 23 años y ha superado el límite de edad (aged out).

Cuando la fórmula funciona, el hijo además debe “procurar obtener” (seek to acquire) la residencia dentro del año siguiente a la disponibilidad de la visa, ya sea enviando el DS-260, pagando la tarifa de la visa de inmigrante o presentando el Formulario I-485 si realiza el ajuste en Estados Unidos. Un hijo que supera el límite de edad en una petición de hermanos no conserva la fecha de prioridad; la Corte Suprema confirmó esa interpretación en 2014. La solución es una nueva petición F2B presentada por su hermano una vez que este sea residente permanente, lo que inicia una nueva espera. Nuestro artículo sobre cómo funciona el cálculo de edad de la CSPA explica la fórmula y la regla de un año con ejemplos.

Matrimonios y divorcios durante la espera

Un hijo derivado que se casa antes de que se emita la visa pierde la condición de derivado, y un divorcio posterior no la restablece con certeza. Esta sola regla les ha costado una visa a más familias de hermanos que cualquier otra, porque la espera es larga y los hijos crecen. Dígaselo pronto y con claridad.

La condición del cónyuge derivado depende de que el matrimonio continúe hasta que se emita la visa. Si su hermano y su cónyuge se divorcian durante la espera, el cónyuge se retira del caso; si su hermano vuelve a casarse, el nuevo cónyuge se agrega. Si su hermano se casa después de convertirse en residente permanente, el nuevo cónyuge no es derivado y necesita una petición F2A presentada por su hermano.

Pasos que protegen a la familia

  • Incluya a cada cónyuge e hijo en el I-130 e informe los cambios a USCIS o al NVC a medida que ocurran.
  • Calcule la edad CSPA de cada hijo antes de que la fecha de prioridad quede vigente, con las fechas reales de recepción y aprobación de USCIS, para saber quién está protegido y quién necesita otro plan.
  • Envíe el DS-260 de cada derivado dentro del primer mes de disponibilidad y conserve la prueba de la fecha de envío.
  • Prepare el Formulario I-864 para un tamaño de hogar que incluya a todos los derivados, con un copatrocinador (joint sponsor) previsto si sus ingresos no alcanzan.
  • Planifique una petición F2B posterior para cualquier hijo que vaya a superar el límite de edad, de modo que pueda presentarse el mismo día en que su hermano obtenga la residencia.

Para el mecanismo de la espera en sí, consulte nuestro artículo sobre por qué la fecha de prioridad F4 tarda tanto, y para los pasos consulares una vez que la fecha quede vigente, nuestra página de reunificación familiar.

Si va a presentar una petición para un hermano que tiene cónyuge e hijos, una consulta con Capitol Law Partners puede analizar la situación de cada miembro de la familia y el riesgo frente a la CSPA antes de que las fechas queden vigentes. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

Sena Sahin. Asesoría clara para personas, familias y propietarios de negocios.

¿Necesita ayuda con este tema? Consulte nuestra página de green card F4 para hermanos e inmigración familiar o programe una consulta.

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