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Cálculo de edad de la CSPA: qué pasa cuando un hijo cumple 21 años
La Ley de Protección del Estatus del Menor puede mantener a un hijo como menor de 21 en el papel después de cumplirlos. La fórmula varía según la categoría y hay un plazo de un año.
La ley de inmigración define “hijo” (child) como una persona soltera menor de 21 años, y una petición presentada para alguien de 19 años puede tardar fácilmente más de dos años en llegar a una visa. La Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act, CSPA), vigente desde 2002, permite que muchos de esos hijos conserven la condición de “hijo” después de cumplir realmente 21 años. El cálculo de edad de la CSPA no es una sola regla, sino tres, y cuál se aplica depende de quién presentó la petición y de si el hijo es el beneficiario principal o un beneficiario derivado. Un error puede llevar a un hijo de un caso sin espera a una fila que se mide en años, y por eso el equipo de Capitol Law Partners dedicado a la green card para hijos e inmigración familiar hace los cálculos antes de cada presentación.
Familiares inmediatos: la edad se congela en la fecha de presentación
Para el hijo soltero menor de 21 años de un ciudadano estadounidense, que es un familiar inmediato (immediate relative), la regla es sencilla. La edad del hijo queda fijada en la fecha en que USCIS recibe el Formulario I-130. Un hijo que tiene 20 años y 10 meses en la fecha de recepción sigue siendo “menor de 21” a efectos migratorios, sin importar cuánto tarden USCIS o el consulado. No hay resta ni plazo de un año, aunque el hijo debe seguir soltero cuando se emita la green card.
Una segunda congelación se aplica cuando un padre residente permanente se naturaliza mientras hay una petición F2A pendiente: la edad del hijo queda fijada en la fecha de la naturalización y el caso pasa a ser de familiar inmediato. Nuestro artículo sobre cómo un ciudadano estadounidense obtiene la green card para un hijo explica lo que sigue.
Hijos de preferencia y derivados: la fórmula del cálculo de edad de la CSPA
Para todos los demás, la ley establece una fórmula. Tome la edad del hijo en la fecha en que la visa quedó disponible. Réstele el número de días que la petición estuvo pendiente, desde la fecha de recepción hasta la fecha de aprobación. Si el resultado es menor de 21, el hijo está protegido, siempre que “procure obtener” (seek to acquire) la residencia permanente dentro de un año.
La fórmula abarca a los hijos F2A de residentes permanentes, a los hijos derivados en casos familiares F2B, F3 y F4, a los hijos derivados en casos basados en el empleo y a los derivados de la visa de diversidad. Un ejemplo breve: un hijo tiene 21 años y 4 meses el primer día del mes en que la fecha de prioridad (priority date) queda vigente. El I-130 estuvo pendiente nueve meses antes de su aprobación. La edad según la CSPA es de 20 años y 7 meses, así que el hijo califica, siempre que dé el paso exigido dentro del año. En un caso de hermanos, en el que la espera es larga y la petición a menudo se aprueba en uno o dos años, la resta suele ser pequeña y muchos hijos superan el límite de edad (age out); consulte nuestro artículo sobre los beneficiarios derivados en un caso de green card para hermanos.
Qué tabla del Boletín de Visas cuenta
“La visa quedó disponible” corresponde a la más tardía de dos fechas: la fecha de aprobación de la petición y el primer día del mes en que el Boletín de Visas (Visa Bulletin) muestra la fecha de prioridad como vigente. Desde principios de 2023, USCIS utiliza la tabla de Fechas para Presentación (Dates for Filing) para los solicitantes de ajuste en los meses en que les permite usar esa tabla, lo que da a los hijos una fecha de disponibilidad algo anterior y un mejor resultado. En los casos consulares, el Departamento de Estado por lo general se ha basado en la tabla de Fechas de Acción Final (Final Action Dates). Como las dos agencias pueden llegar a resultados distintos para el mismo hijo, el lugar donde el hijo completa el caso puede importar. Por eso, en cada caso hay que verificar qué tabla aplica la agencia que lo tramita.
El plazo de un año para procurar la residencia
La protección de la fórmula es condicional. Dentro del año siguiente a la fecha en que la visa queda disponible, el hijo debe dar un paso concreto hacia la residencia. USCIS y el Departamento de Estado aceptan la presentación del Formulario I-485, el envío del Formulario DS-260, el pago de la tarifa de visa de inmigrante al Centro Nacional de Visas (National Visa Center) o la presentación del Formulario I-824 para que se notifique a un consulado sobre un hijo que se reúne posteriormente con su familia (following-to-join). Una carta en la que la familia diga que tiene la intención de continuar no es suficiente.
Dejar pasar el plazo por lo general pone fin a la protección. USCIS puede excusar un paso tardío por circunstancias extraordinarias ajenas al control de la familia, pero se trata de un argumento discrecional, no de un derecho. Si la fecha de prioridad retrocede antes de que la familia actúe, el análisis se vuelve a hacer cuando la fecha quede vigente otra vez, pero nadie debería planificar en función de eso. Actúe dentro del primer plazo.
Qué ocurre cuando la CSPA no protege al hijo
El resultado depende de la categoría. Un hijo F2A que supera el límite de edad se convierte automáticamente a F2B, la categoría de los hijos e hijas solteros de 21 años o más de residentes permanentes, y conserva la fecha de prioridad original. La espera se alarga, pero el lugar en la fila se mantiene.
Un hijo derivado en otra categoría familiar o en un caso basado en el empleo está en una posición peor. En Scialabba v. Cuellar de Osorio, resuelto en 2014, la Corte Suprema confirmó la interpretación del gobierno según la cual esos derivados que superaron el límite de edad no conservan la fecha de prioridad del padre. El padre debe convertirse primero en residente permanente y luego presentar una nueva petición F2B para el hijo o la hija, con una fecha de prioridad completamente nueva. Para una familia que esperó muchos años en F4, ese es el resultado más doloroso de toda la inmigración familiar.
El matrimonio pone fin a la condición de hijo en todas las categorías. Un derivado que se casa antes de que se emita la visa queda fuera, y un divorcio posterior no lo devuelve con certeza al caso.
Cómo proteger a un hijo antes de que surja el problema
- Presente la petición lo antes posible; para los familiares inmediatos, la fecha de presentación es la fecha de congelación, y para todos los demás, presentar antes significa una fecha de prioridad anterior.
- Conserve los avisos de recibo y de aprobación de USCIS. El período pendiente se calcula a partir de esas dos fechas.
- Los padres que son residentes permanentes y pueden naturalizarse deben pensar en el momento oportuno. Naturalizarse mientras hay una petición F2A pendiente congela la edad del hijo; naturalizarse cuando el hijo ya está en F2B traslada el caso a F1, lo que puede ser o no más rápido según el país del hijo.
- Cuando el Boletín de Visas muestre que la fecha se acerca, tenga listos el DS-260 o el I-485 para presentarlos en el primer mes de disponibilidad.
- Para un hijo que superará el límite de edad de todos modos, planifique ahora la petición posterior para poder presentarla el mismo día en que el padre obtenga la residencia. Nuestro panorama de la inmigración basada en la familia enumera las categorías y quién puede presentar cada una.
Si su hijo está cerca de cumplir 21 años y hay una petición pendiente o a punto de presentarse, una consulta con Capitol Law Partners puede hacer el cálculo de la CSPA con sus fechas reales e indicarle qué presentar y cuándo. Programe una consulta.
Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.
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