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Estadía máxima con visa R-1: ¿cuánto tiempo puede quedarse?

La R-1 se concede por hasta 30 meses, se extiende una vez hasta un total de cinco años y luego exige un año en el extranjero antes de volver a usarla. Así corre el reloj.

La R-1 se concede por hasta 30 meses, se extiende una vez hasta un total de cinco años y luego exige un año en el extranjero antes de volver a usarla. Así corre el reloj.

La estadía máxima con la visa R-1 es de cinco años, y el reloj es menos flexible de lo que parece. USCIS concede un período inicial de hasta 30 meses, permite una sola extensión de hasta 30 meses más y ahí se detiene. Después de cinco años con estatus R-1, el trabajador debe vivir fuera de Estados Unidos durante un año completo antes de que pueda aprobarse una nueva petición R-1, salvo que se aplique una excepción limitada. Las congregaciones que tratan la R-1 como un permiso renovable lo descubren en el cuarto año, a menudo con un proceso de green card que está lejos de terminar.

Los 30 meses iniciales

Una nueva petición R-1 se aprueba por el período que solicita el empleador, hasta 30 meses. El registro I-94 emitido en el puerto de entrada, o junto con la aprobación del cambio de estatus, fija la fecha de vencimiento real. El sello de la visa en el pasaporte puede mostrar una vigencia distinta; lo que manda es el I-94. Revíselo después de cada entrada y anote la fecha de vencimiento, porque la extensión debe presentarse antes de esa fecha, no antes de que venza el sello de la visa. Nuestro equipo de visa R-1 programa ese recordatorio en el momento de la aprobación para cada cliente.

La extensión hasta la estadía máxima de la visa R-1

El empleador presenta un nuevo Formulario I-129 con el suplemento R-1 para extender la estadía y solicita hasta 30 meses adicionales, de modo que el total no supere los cinco años. La petición de extensión repite la demostración de elegibilidad: la condición de exención de impuestos de la organización, la naturaleza religiosa del puesto, la afiliación continua del trabajador y la remuneración. También debe probar que al trabajador realmente se le pagó lo que prometía la petición original, y por eso USCIS pide documentación del IRS, como formularios W-2 o, en el caso de trabajadores sin salario, evidencia de la vivienda y el sustento efectivamente proporcionados. Un empleador que prometió un salario y no pagó nada no obtendrá la extensión y puede tener problemas con su próxima petición para cualquier persona.

Una extensión presentada a tiempo mantiene al trabajador en un período de estadía autorizada mientras USCIS decide, y el empleo con el mismo empleador puede continuar durante un período limitado según el reglamento. No confíe en ese margen como estrategia de presentación; presente con suficiente anticipación para que la decisión llegue antes de que termine el período vigente. Si la organización ya superó una inspección en el lugar, pregunte si hay procesamiento prioritario (premium processing) disponible para la extensión; cuando lo hay, elimina la mayor parte de la incertidumbre. Por lo demás, el proceso es el mismo que el de la primera presentación, descrito en cómo funciona el proceso de la visa R-1.

El tiempo pasado fuera de Estados Unidos

El reglamento mide el límite como el tiempo total transcurrido con estatus R-1. Para los trabajadores H-1B y L-1, el reglamento permite expresamente recuperar (recapture) los días completos pasados en el extranjero y sumarlos de nuevo; las reglas de la R-1 son menos explícitas, así que trate una solicitud de recuperación para un trabajador R-1 como un argumento que hay que documentar y no como un derecho. En cualquier caso, guarde los sellos del pasaporte, las tarjetas de embarque y demás registros de viaje de cada salida. Para misioneros y miembros del clero que viajan con frecuencia, la diferencia puede ser de meses, y sin registros no hay nada en qué apoyar el argumento.

El año fuera del país y sus excepciones

Después de cinco años, el trabajador debe residir fuera de Estados Unidos durante al menos un año antes de poder optar a una nueva R-1. Los viajes breves al extranjero no cuentan; la residencia debe ser continua. Existen dos excepciones. La primera es para los trabajadores que no residieron de forma continua en Estados Unidos y cuyo empleo R-1 fue estacional o intermitente, o sumó en total seis meses o menos por año. La segunda es para los trabajadores que residen en el extranjero y viajan con regularidad a Estados Unidos para trabajar a tiempo parcial. Ambas deben documentarse con evidencia del patrón de residencia y de viajes. Para un ministro de tiempo completo que vive en Estados Unidos, ninguna se aplica, y el año en el extranjero es obligatorio.

Cambio de empleador y cambio de puesto

Un trabajador R-1 solo puede trabajar para la organización peticionaria. Trasladarse a otra congregación, incluso dentro de la misma denominación, requiere que el nuevo empleador presente su propia petición antes de que el trabajador empiece allí. El tiempo con estatus R-1 con el primer empleador cuenta para el mismo total de cinco años; un nuevo empleador no reinicia el reloj. Un cambio sustancial en el puesto, como pasar de funciones ministeriales a tareas administrativas, requiere una petición enmendada y puede dejar el trabajo totalmente fuera de la categoría.

Familiares R-2

El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de un trabajador R-1 pueden tener estatus R-2 por el mismo período. Los dependientes R-2 pueden estudiar, pero no pueden aceptar empleo; un cónyuge que quiera trabajar necesita una base independiente. El estatus R-2 termina cuando termina el del titular principal, así que cada extensión del trabajador debe ir acompañada de una extensión del Formulario I-539 para la familia.

Planificar lo que viene después de los cinco años

Para los trabajadores que tienen la intención de quedarse de forma permanente, el límite de cinco años es el plazo que organiza todo lo demás. La green card de inmigrante especial para trabajadores religiosos exige dos años de experiencia que califique antes de presentar el Formulario I-360, tiene sus propios estándares probatorios y depende de la disponibilidad de visas en la categoría EB-4, que ha tenido listas de espera en los últimos años. La vía y sus plazos se explican en de la visa R-1 a la green card a través de la EB-4. En resumen: inicie el caso de inmigrante al principio del período R-1, no en el cuarto año, y considere alternativas como una H-1B exenta del límite anual (cap-exempt) si el puesto lo permite. Cuando el siguiente paso correcto es otra categoría de no inmigrante, nuestra página de cambio y extensión de estatus explica la solicitud dentro del país.

Si su período R-1 se está agotando y el siguiente paso todavía no está claro, una consulta con Capitol Law Partners puede contrastar el tiempo restante con las opciones disponibles. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

Cagatay Ersoy. Estrategia práctica para fundadores, inversores y empresas en crecimiento.

¿Necesita ayuda con este tema? Consulte nuestra página de extensiones y peticiones de visa R-1 o programe una consulta.

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