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Cómo cambiar de estatus de visitante B-2 a estudiante F-1

Un visitante que quiere estudiar debe cambiar a F-1 antes de empezar las clases. Los pasos del I-20, SEVIS e I-539, la regla de no estudiar y cuándo solicitar en el extranjero.

Un visitante que quiere estudiar debe cambiar a F-1 antes de empezar las clases. Los pasos del I-20, SEVIS e I-539, la regla de no estudiar y cuándo solicitar en el extranjero.

Un visitante B-2 no puede asistir a una sola clase hasta que USCIS apruebe el cambio a estatus F-1, y esa regla determina todo lo demás en un cambio de estatus de B-2 a F-1 (change of status). La solicitud tiene que llegar a USCIS antes de la fecha de su I-94, la escuela tiene que estar dispuesta a aplazar su fecha de inicio mientras USCIS decide y el oficial tiene que creer que usted no entró como turista con el plan ya hecho de inscribirse. Este artículo repasa la secuencia, los plazos y el momento en que solicitar una visa F-1 en un consulado pasa a ser la mejor opción.

Quién puede presentar la solicitud desde dentro de Estados Unidos

Usted debe haber sido admitido como visitante B-2 con una visa, no con el Programa de Exención de Visa, porque quienes entran con ese programa no pueden cambiar de estatus en ningún caso. Su I-94 debe seguir vigente el día en que USCIS recibe la solicitud, y usted debe haber mantenido el estatus B-2 entretanto: nada de trabajo ni de clases. Los visitantes cuya visa fue anotada en el consulado como “estudiante potencial” (prospective student) lo tienen más fácil, porque la anotación demuestra que el oficial consular ya conocía el plan. Nuestra práctica de cambio de estatus y extensiones con el I-539 revisa primero el registro de entrada, ya que una admisión que ya está comprometida no se arregla con una solicitud bien preparada.

El cambio de estatus de B-2 a F-1, paso a paso

  1. Obtenga la admisión en una escuela certificada por el SEVP y pida al funcionario escolar designado que emita el Formulario I-20 marcado para cambio de estatus. La escuela lo registrará en SEVIS.
  2. Pague la tarifa SEVIS con el Formulario I-901 y conserve el recibo.
  3. Presente el Formulario I-539 ante USCIS antes de la fecha “admitido hasta” de su I-94, con la tarifa de presentación vigente de USCIS, el I-20, el recibo de SEVIS, copias de su pasaporte y su visa, su I-94 y evidencia financiera que demuestre que puede pagar la matrícula y los gastos de manutención del primer año.
  4. Añada una declaración escrita que explique cuándo y por qué decidió estudiar, qué hará después del programa y qué vínculos lo harán regresar a su país.
  5. Pida procesamiento prioritario (premium processing) con el Formulario I-907 si los plazos son ajustados; al momento de escribir este artículo, está disponible para las solicitudes I-539 en la categoría F, con una respuesta dentro de 30 días hábiles.
  6. Espere sin inscribirse. Si la fecha de inicio del programa que figura en el I-20 pasa antes de la aprobación, la escuela la aplaza al siguiente período y actualiza SEVIS.
  7. Con la aprobación, su estatus F-1 comienza en la fecha de aprobación, con un nuevo I-94 adjunto al aviso de aprobación. Entonces se presenta en la escuela y empieza las clases.

Nuestra lista de evidencia para el Formulario I-539 detalla los documentos, y la página de la visa F-1 explica las reglas que debe seguir una vez que tenga el estatus.

La regla de no estudiar y la cuestión de la intención

Asistir a clases con estatus B-2 es una violación de estatus, y USCIS niega las solicitudes de cambio de estatus cuando las calificaciones o los registros de SEVIS muestran una inscripción anterior a la aprobación. Incluso un curso comunitario gratuito cuenta si forma parte del programa al que usted pide ingresar después. El segundo riesgo es la intención. Un visitante que se inscribe a pocas semanas de su entrada invita a concluir que el plan de estudiar ya existía cuando se emitió la visa y que la admisión se obtuvo tergiversando el propósito del viaje. El Departamento de Estado aplica en sus propias decisiones una regla de 90 días que presume una tergiversación cuando una conducta incompatible con la visa ocurre dentro de los 90 días posteriores a la entrada, y aunque USCIS no aplica esa regla de forma mecánica, sus oficiales examinan la misma cronología. Ayudan un intervalo entre la llegada y la decisión de estudiar, una explicación de lo que cambió y una anotación consular.

Plazos: solicitudes puente y la fecha del I-94

Antes de 2021, los solicitantes cuya estadía B-2 vencía más de 30 días antes del inicio del programa tenían que presentar una extensión de B-2 por separado como solicitud puente (bridge), y si el puente se negaba, la solicitud F-1 caía con él. Hoy USCIS otorga el estatus F-1 a partir de la fecha de aprobación y ya no exige el puente en la mayoría de los cambios a F-1. La fecha límite del I-94 sigue mandando: un I-539 presentado a tiempo y que no sea frívolo lo coloca en un período de estadía autorizada mientras USCIS decide, incluso después de que pase la fecha de su admisión B-2. Una presentación tardía solo se excusa por circunstancias extraordinarias fuera de su control. Nuestro artículo sobre el vencimiento del I-94 frente al vencimiento de la visa explica por qué la fecha de su I-94, y no la de su visa, determina el plazo.

¿Cambio de estatus o una visa nueva en el consulado?

La aprobación del I-539 le da el estatus F-1, no una visa F-1. La primera vez que salga de Estados Unidos deberá obtener una visa F-1 en un consulado antes de regresar, y esa entrevista hace las mismas preguntas sobre la intención. A algunos solicitantes les conviene más salir antes de que venza el I-94 y solicitar la visa F-1 en el extranjero: el trámite consular evita el requisito de haber mantenido el estatus, esquiva el problema de la intención preconcebida para quien llegó hace poco y termina con una visa con la que puede viajar. Las desventajas son la disponibilidad de citas, el costo del viaje y el riesgo de una negación según la sección 214(b) de la INA. Los solicitantes de países con largos tiempos de espera o altas tasas de negación suelen preferir el cambio de estatus; los solicitantes con un buen historial consular y un plazo corto suelen preferir la visa.

Errores que llevan a una negación

Presentar la solicitud después de la fecha del I-94. Inscribirse antes de tiempo porque la escuela dijo que no había problema. Presentar estados de cuenta bancarios que muestran un depósito global la semana anterior a la solicitud sin explicar su origen. Salir del país mientras el I-539 está pendiente, lo que equivale a abandonarlo. Olvidar pagar la tarifa SEVIS antes de presentar la solicitud. Y tratar la aprobación como si fuera una visa, para luego no poder abordar el vuelo de regreso después de unas vacaciones en el extranjero.

Si entró como visitante y ahora tiene una carta de admisión, una consulta con Capitol Law Partners puede indicarle si debe presentar el cambio de estatus o solicitar la visa en el extranjero, y cómo programar cualquiera de las dos opciones. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

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