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Cambio de estatus E-2 o procesamiento consular: ¿cuál elegir?

Solicitar el estatus E-2 dentro de EE. UU. le evita un viaje al exterior, pero no le da una visa. Así puede compararlo con una solicitud consular.

Solicitar el estatus E-2 dentro de EE. UU. le evita un viaje al exterior, pero no le da una visa. Así puede compararlo con una solicitud consular.

El cambio de estatus E-2 le permite pasar al estatus de inversionista por tratado (treaty investor) sin salir de Estados Unidos, pero le otorga un estatus, no una visa. Esa sola diferencia determina casi toda la decisión. Si ya se encuentra aquí con un estatus de no inmigrante vigente, como H-1B, F-1, L-1 o B-2, puede pedir a USCIS que lo cambie a E-2 presentando el Formulario I-129 con el suplemento E. Si está en el extranjero, o si quiere una visa con la que pueda viajar, debe solicitarla en un consulado de EE. UU. con el Formulario DS-160 y, en la mayoría de los consulados, el Formulario DS-156E. Ambas vías evalúan los mismos requisitos. Se diferencian en quién decide, en cómo funcionan los viajes y en lo que le cuesta una negativa.

Quién puede solicitar un cambio de estatus E-2

Usted debe tener un estatus vigente el día en que USCIS recibe el I-129. Si su I-94 ya venció, o si trabajó sin autorización, la vía del cambio de estatus por lo general queda cerrada y el consulado pasa a ser la única opción.

Algunas personas no pueden cambiar de estatus en ningún caso. Los visitantes admitidos con ESTA bajo el Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program) tienen prohibido cambiar a cualquier otro estatus de no inmigrante. Lo mismo ocurre con quienes fueron admitidos en tránsito o como tripulantes, y con los visitantes de intercambio J-1 sujetos al requisito de residencia de dos años en su país de origen que no han obtenido una exención.

La intención al momento de entrar también importa. Un visitante B-2 puede buscar negocios, reunirse con vendedores y hablar con contadores. Un visitante que llega, firma un contrato de compraventa a los pocos días y solicita la E-2 puede enfrentar preguntas sobre si el propósito declarado del viaje era veraz. La solución no es evitar esta vía, sino asegurarse de que la cronología de su expediente sea honesta y explicable.

El caso de fondo es idéntico en ambas vías. Su visa E-2 de inversionista por tratado sigue exigiendo la nacionalidad del tratado para usted y para la empresa, una inversión sustancial comprometida y en riesgo, un negocio real en funcionamiento que no sea marginal y un cargo desde el cual usted desarrolle y dirija la empresa. Si todavía está definiendo el monto de la inversión, tenga presente que se evalúa mediante una prueba de proporcionalidad.

Cómo se diferencian las dos vías en la práctica

En un cambio de estatus, un oficial de USCIS revisa un expediente en papel. No hay entrevista. Si falta algo, el oficial normalmente envía una Solicitud de Evidencia (Request for Evidence, RFE), lo que le da la oportunidad de subsanar la carencia antes de la decisión. La aprobación llega como un aviso en el Formulario I-797 con un nuevo I-94 que otorga el estatus E-2 por hasta dos años.

En el procesamiento consular (consular processing), un funcionario del Departamento de Estado revisa su solicitud y luego lo entrevista, a menudo brevemente. El funcionario decide en la ventanilla o poco después. La negativa es inmediata y no existe una apelación formal, aunque usted puede volver a presentar la solicitud. La aprobación produce una visa cuya vigencia depende de la tabla de reciprocidad de su país, y cada entrada con ella le da una admisión de dos años.

El paquete de pruebas es, en esencia, el mismo: documentos corporativos, prueba de la titularidad, registros bancarios que rastrean los fondos, el contrato de arrendamiento o de compraventa y un plan de negocios. Algunos consulados tienen sus propias unidades de visas E con reglas de formato, límites de páginas o pasos de registro de la empresa. USCIS no tiene nada de eso, pero lee el expediente sin escuchar sus explicaciones.

El problema está en los viajes

Un cambio de estatus aprobado no pone una visa en su pasaporte. La primera vez que salga de Estados Unidos, deberá solicitar una visa E-2 en un consulado antes de poder volver a entrar con estatus E-2. El funcionario consular no está obligado por la aprobación de USCIS y decidirá el caso desde cero.

Eso crea un riesgo real para los inversionistas que viajan. Imagine un cambio de estatus aprobado, una emergencia familiar en el extranjero seis meses después y una negativa consular mientras el negocio, el local arrendado y el personal están todos en Estados Unidos. Ese escenario es la razón por la que muchos inversionistas que prevén viajar durante el primer año eligen el consulado desde el principio.

Si viaja poco, el cálculo se invierte. Puede operar con la aprobación del I-797, prorrogar ante USCIS por períodos de dos años con otro I-129 y ocuparse de la visa solo cuando realmente necesite salir.

Plazos, trabajo y costos

Aquí no citamos tiempos de procesamiento porque cambian. En un cambio de estatus, la espera depende de la carga de trabajo de USCIS y de si usted paga el procesamiento prioritario (premium processing), disponible para las peticiones E-2 en el Formulario I-129; verifique la tarifa de presentación vigente de USCIS y la tarifa del procesamiento prioritario antes de presentar. En un caso consular, la espera depende del atraso de citas del consulado y de si el caso pasa a procesamiento administrativo (administrative processing). Consulte los tiempos de procesamiento de USCIS y el sitio web del propio consulado antes de planificar en torno a una fecha.

Una regla toma a muchos por sorpresa: por lo general, usted no puede empezar a trabajar en el negocio E-2 hasta que USCIS apruebe el cambio. Puede seguir haciendo lo que su estatus actual permite. Un empleado H-1B puede seguir trabajando para su empleador H-1B mientras el caso E-2 está pendiente, pero no puede dirigir la nueva empresa en el día a día. Si el negocio necesita que usted esté al mando de inmediato, ese intervalo debe formar parte del plan.

Qué vía se ajusta a su situación

El cambio de estatus suele convenir cuando usted:

  • tiene un estatus vigente que no vencerá antes de presentar la solicitud
  • no tiene viajes previstos en los próximos meses
  • enfrenta una larga espera para obtener una cita en el consulado de su país
  • prefiere tener la oportunidad de responder una RFE en lugar de recibir una negativa el mismo día

El procesamiento consular suele convenir cuando ya está en el extranjero, viaja con frecuencia por el negocio, tiene un historial migratorio que complicaría una solicitud ante USCIS o simplemente quiere tener la visa en la mano. Al cónyuge le va bien con cualquiera de las dos vías: el cónyuge E-2 está autorizado a trabajar en virtud de su estatus, y el I-94 debe llevar la anotación E-2S. Si está en Estados Unidos con otro estatus y también evalúa un cambio distinto, nuestra página de cambio y extensión de estatus cubre las demás opciones. Elija la vía que elija, el plan de negocios E-2 es donde se gana o se pierde la mayoría de los casos.

Si se encuentra en EE. UU. y está decidiendo cómo solicitar el estatus E-2, una consulta con Capitol Law Partners puede poner a prueba ambas vías frente a sus planes de viaje y su historial. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

Cagatay Ersoy. Estrategia práctica para fundadores, inversores y empresas en crecimiento.

¿Necesita ayuda con este tema? Consulte nuestra página de visa E-2 de inversionista por tratado o programe una consulta.

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