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Límites de edad de SIJS: ¿cuándo pierde un menor la elegibilidad?
La ley federal permite presentar SIJS hasta los 21 años, pero el tribunal estatal que emite las determinaciones puede perder competencia a los 18. Los plazos deciden muchos casos.
En todo caso de Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (Special Immigrant Juvenile Status, SIJS) corren dos relojes, y no coinciden. La ley federal permite que un joven presente la petición I-360 en cualquier momento antes de cumplir 21 años. El tribunal estatal que primero debe emitir las determinaciones exigidas puede perder autoridad sobre el joven a los 18, según el tribunal y el tipo de caso. Un joven de 19 años que califica según la ley federal puede quedar excluido porque ningún tribunal del estado aceptará el caso. Entender cómo funcionan los límites de edad de SIJS, es decir, cuándo un menor queda fuera por edad (age out), marca la diferencia entre un caso que se presenta y uno que nunca podrá presentarse.
El límite de edad federal de SIJS: menos de 21 años en la fecha de presentación
Según el 8 CFR 204.11, el peticionario debe tener menos de 21 años y ser soltero cuando USCIS recibe el Formulario I-360. En 2008 el Congreso fijó la cuestión de la edad en el momento de la presentación, de modo que un peticionario que presenta a los 20 años y cumple 21 mientras USCIS decide no pierde la elegibilidad. La misma protección se extiende a la green card: cumplir 21 años mientras se espera un número de visa EB-4 no pone fin al caso. El matrimonio es distinto. El joven debe seguir soltero hasta que USCIS decida la petición, y un matrimonio durante ese período pone fin a la elegibilidad sin que exista un perdón (waiver).
La fecha de presentación también se convierte en la fecha de prioridad para el número de visa. En una categoría con atraso, presentar en marzo en lugar de junio puede significar una espera bastante más corta años después. Nuestra representación en casos de SIJS está organizada para obtener la orden estatal y presentar la petición federal en la secuencia más corta que permitan los hechos.
El reloj del tribunal estatal: la competencia puede terminar a los 18
El plazo más difícil casi siempre está en el tribunal estatal. La ley federal exige una orden de un tribunal de menores, y un tribunal de menores solo puede actuar mientras tenga competencia sobre el joven según la ley estatal. En muchos estados, y en muchos tipos de procedimientos, esa competencia termina el día en que el joven cumple 18 años. Algunos estados la han ampliado a efectos de SIJS. New York, por ejemplo, permite que el Tribunal de Familia nombre un tutor para un joven mayor de 18 y menor de 21 años cuando el joven da su consentimiento. En el Distrito de Columbia y en Virginia, la respuesta depende del tipo de caso y del tribunal, y en algunos procedimientos el límite práctico es de 18 años.
En algunos tribunales la edad se mide cuando se presenta el caso estatal, y en otros cuando se dicta la orden. Si un tribunal exige que el joven tenga menos de 18 años cuando se presenta la petición, un caso presentado la semana anterior al cumpleaños puede ser suficiente. Si exige que la orden misma se dicte antes de los 18, a menudo no hay tiempo para notificar por edictos a un progenitor ausente. Verificamos la regla del tribunal específico antes de prometerle algo a una familia.
Qué ocurre cuando la orden llega después de terminada la competencia
El reglamento exige que la orden judicial estatal esté vigente cuando se presenta el I-360 y hasta la decisión, con una excepción cuando la competencia del tribunal terminó por la edad del joven o porque el caso se cerró con una colocación permanente, como una adopción o una tutela permanente. Esa excepción protege una orden dictada correctamente a los 17 años aunque la tutela haya terminado a los 18. No ayuda a un joven que nunca obtuvo una orden porque ningún tribunal quiso conocer del caso. Para esos clientes, la pregunta pasa a ser si otro tribunal u otro procedimiento todavía tiene autoridad, o si otra forma de alivio migratorio encaja mejor.
Otros plazos dentro de un caso de SIJS
La edad es el plazo principal, pero hay otros que dan forma al caso. Se ordena a USCIS decidir el I-360 dentro de 180 días, lo que da a las familias una referencia para saber cuándo hacer seguimiento. Una Solicitud de Evidencia (Request for Evidence) fija una fecha de respuesta, y si la respuesta exige una orden judicial estatal enmendada, el calendario del tribunal estatal tiene que caber dentro de ese plazo. Cada hermano necesita su propia orden estatal y su propio I-360, porque SIJS no tiene beneficiarios derivados. Y la elegibilidad posterior del beneficiario de SIJS para la green card, que tratamos en nuestro artículo sobre la green card por SIJS después de la aprobación del I-360, depende de la fecha de prioridad fijada por la presentación original.
Un calendario de trabajo para un joven de 17 años
Para un cliente de 17 años que vive con un familiar en el norte de Virginia, el plan suele verse así. En la primera semana reunimos el acta de nacimiento, los registros escolares y médicos y cualquier mensaje o carta que muestre la conducta del progenitor, e identificamos la última dirección conocida del progenitor en el extranjero. En la segunda semana presentamos la petición de tutela o de custodia con una orden propuesta que contiene las tres determinaciones y la ley estatal que respalda cada una, y comenzamos la notificación a los padres. La notificación por correo o por edictos marca entonces el ritmo, a menudo durante varias semanas. En la audiencia declaran el tutor y el joven, y pedimos al juez que firme la orden propuesta con los hechos expuestos. El I-360 se presenta a los pocos días de firmada la orden. Nuestro artículo sobre las tres determinaciones que debe contener la orden judicial describe lo que le pedimos al juez que firme.
Cuando se empieza tarde
Un joven que ya tiene 18 años, ante un tribunal cuya competencia termina a los 18, no necesariamente se ha quedado sin opciones. Algunos pueden tener una solicitud de asilo afirmativo si temen persecución en su país, una petición familiar por medio de un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente, o una visa U si fueron víctimas de un delito en Estados Unidos. Un joven que ya está ante el tribunal de inmigración puede tener defensas que el juez puede conceder. Las reglas de elegibilidad de la vía de SIJS se explican en quién califica para el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil. Lo que nadie puede hacer es reiniciar el reloj del tribunal estatal, y por eso tratamos toda llamada sobre un joven de 17 años como un asunto para atender esa misma semana.
Si un menor a su cargo tiene 16 o 17 años y no puede regresar con uno de sus padres, el momento de iniciar el caso ante el tribunal estatal es ahora. Programe una consulta.
Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.
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