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Formulario I-360 para SIJS: cómo presentar la petición

La petición de SIJS en el Formulario I-360 no tiene tarifa, debe presentarse antes de que el joven cumpla 21 años y pasa por la revisión del consentimiento de USCIS. Guía paso a paso.

La petición de SIJS en el Formulario I-360 no tiene tarifa, debe presentarse antes de que el joven cumpla 21 años y pasa por la revisión del consentimiento de USCIS. Guía paso a paso.

Una vez que un tribunal estatal firma una orden con las determinaciones exigidas, el caso pasa a USCIS mediante el Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial (Petition for Amerasian, Widow(er), or Special Immigrant). Tres hechos definen esta etapa. USCIS no cobra tarifa de presentación por un I-360 de SIJS. La petición debe presentarse antes de que el joven cumpla 21 años y antes de cualquier matrimonio. Y la ley federal ordena a USCIS decidir la petición dentro de los 180 días siguientes a su presentación, un plazo que a menudo se cumple y a veces no. Este artículo explica cómo se arma la petición de SIJS en el Formulario I-360, qué revisa USCIS y qué otorga y qué no otorga la aprobación.

Qué incluye la petición de SIJS en el Formulario I-360

El formulario en sí es breve. El peso de la presentación está en los anexos. Una petición completa incluye:

  • El Formulario I-360 con la clasificación de inmigrante juvenil especial seleccionada y todas las secciones sobre el peticionario completadas, firmado por el joven o, si el menor tiene menos de 14 años, por uno de sus padres o su tutor.
  • Prueba de edad e identidad: acta de nacimiento, pasaporte o documento nacional de identidad, con traducción certificada al inglés.
  • La orden judicial estatal firmada que contiene las tres determinaciones, junto con la petición o moción que dio lugar a ella y las declaraciones o anexos de apoyo que el tribunal consideró.
  • Prueba de que la orden sigue vigente, o prueba de que la competencia del tribunal terminó solo por la edad del menor o porque el caso se cerró con una colocación permanente, como una adopción o una tutela permanente.
  • Una copia de cualquier Notificación de Comparecencia (Notice to Appear) u otro documento de un proceso de deportación, ya que USCIS necesita saber si el menor tiene un caso ante el tribunal de inmigración.
  • Si el menor está o estuvo bajo custodia federal, documentación de esa custodia y de cualquier consentimiento obtenido del Departamento de Salud y Servicios Humanos.

También incluimos una breve carta de presentación que vincula cada requisito legal con los anexos correspondientes. Es el mismo enfoque que nuestra práctica de peticiones de SIJS aplica en cada presentación, porque responde las preguntas del oficial antes de que las formule.

Cuándo y dónde presentar la petición

La petición se envía por correo al lockbox de USCIS designado para el Formulario I-360; la dirección cambia de vez en cuando, así que confírmela en la página del formulario en el sitio de USCIS la misma semana en que la presente. La fecha de presentación importa por dos razones. Fija la edad del joven a efectos de elegibilidad: un peticionario que tiene menos de 21 años en la fecha en que USCIS recibe la petición sigue siendo elegible aunque la decisión llegue después de que cumpla 21. Además, se convierte en la fecha de prioridad (priority date) en la categoría EB-4, que determina cuándo habrá un número de visa disponible para la green card. Presentar un día antes puede significar meses menos de espera más adelante. Explicamos las consecuencias en cómo funciona la green card por SIJS después de la aprobación.

Cómo revisa USCIS la petición: la determinación de consentimiento

El requisito legal en el que caen más peticiones es el consentimiento de USCIS. USCIS debe estar de acuerdo en que la orden judicial estatal se solicitó principalmente para proteger al menor del abuso, la negligencia o el abandono, y en que el tribunal tuvo un fundamento fáctico razonable para cada una de sus determinaciones. Los oficiales no pueden volver a decidir la cuestión de la custodia, pero buscarán hechos en la orden y en el expediente estatal que la acompaña. Si la orden se limita a conclusiones, el oficial puede pedir la prueba en la que se basó el tribunal. Nuestro artículo sobre lo que debe decir la orden judicial estatal explica cómo evitar esa solicitud desde la etapa de redacción.

El consentimiento tiene además una segunda forma. Si el menor está bajo la custodia del Departamento de Salud y Servicios Humanos, por lo general un tribunal estatal necesita el consentimiento específico de ese departamento antes de poder cambiar la situación de custodia o la colocación del menor. El I-360 debe mostrar que se obtuvo ese consentimiento cuando era necesario.

La regla de los 180 días y lo que retrasa una decisión

El Congreso ordenó a USCIS resolver las peticiones de SIJS dentro de 180 días. En la práctica, varias cosas reinician o alargan ese período. Una Solicitud de Evidencia (Request for Evidence, RFE) detiene el reloj hasta que llega la respuesta. Hay que completar una cita de datos biométricos. USCIS puede programar una entrevista, aunque muchas peticiones de SIJS se deciden solo con los documentos. Consulte la página de tiempos de procesamiento de USCIS para ver el rango publicado actualmente, en lugar de confiar en la cifra legal, y considere cualquier demora muy superior a 180 días como un motivo para contactar a la agencia o evaluar una acción de mandamus.

Cómo responder a una Solicitud de Evidencia

Las RFE en peticiones de SIJS suelen concentrarse en unos pocos temas: la orden carece de hechos que respalden una determinación; la orden no identifica el fundamento de la ley estatal para el abuso, la negligencia o el abandono; parece que el tribunal no tenía competencia por la edad del menor; o el expediente sugiere que el caso estatal se promovió solo con fines migratorios. Algunas RFE pueden responderse con documentos que ya están en el expediente del tribunal estatal. Otras exigen volver al tribunal estatal para obtener una orden enmendada o complementaria que detalle los hechos. El plazo de la RFE es estricto, así que decidimos a los pocos días de recibirla si hace falta una moción ante el tribunal estatal.

Qué otorga y qué no otorga la aprobación

Un I-360 aprobado clasifica al joven como inmigrante juvenil especial. Por sí solo no concede un estatus legal, un permiso de trabajo ni una green card. Fija la fecha de prioridad y hace que el joven sea elegible para solicitar el ajuste de estatus (adjustment of status) cuando haya un número de visa disponible según el Boletín de Visas (Visa Bulletin). Si un peticionario aprobado puede obtener acción diferida (deferred action) y permiso de trabajo durante la espera es algo que ha cambiado en los últimos años y que está en litigio al momento de escribir este artículo, por lo que confirmamos la regla vigente para cada cliente. Si el menor está en un proceso de deportación, la aprobación es una prueba sólida para pedir un aplazamiento, el cierre administrativo o la terminación del caso, y nuestro equipo de defensa contra la deportación coordina esa solicitud con el juez de inmigración.

Si está listo para presentar una petición de SIJS o recibió una Solicitud de Evidencia en una, podemos revisar juntos el expediente del tribunal estatal y el expediente federal. Programe una consulta.

Este artículo tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Esta comunicación no establece una relación abogado-cliente.

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